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La denuncia de la esposa de Conde sobre Argentia recibió trato especial del juez

La denuncia de Lourdes Arroyo contra Antonio Navalón y Diego Selva por la que se reabrió de hecho el caso Argentia Trust recibió trato especial del juez de guardia de la plaza de Castilla el pasado 27 de mayo, José Emilio Coronado, titular del Juzgado número 16: desde que este juez llegó a ese juzgado, la tramitación de una petición de entrada y registro de un particular como "diligencia previa" se limitó a la presentada por la esposa de Conde.

La certificación solicitada por el Ministerio Fiscal en la querella por presunta prevaricación y cohecho presentada por Navalón contra el citado juez en el Tribunal Superior de Justicia de Madrid informa que desde que llegó Coronado a ese juzgado, la tramitación como diligencias previas de peticiones de entrada y registro solicitadas por particulares se limitó a una: la presentada por la esposa de Conde.La precisión arroja más luz, según fuentes judiciales consultadas, sobre los sucesos acaecidos el 27 de mayo de 1997 en relación con la reapertura de facto del caso Argentia Trust por el cual el ex presidente de Banesto, Mario Conde, fue condenado a seis años de prisión por un tribunal de la Audiencia Nacional, el pasado 20 de marzo.

El ex banquero recurrió la sentencia condenatoria ante el Tribunal Supremo. Y además decidió actuar. El citado 27 de mayo, el procurador Carlos Gómez-Villaboa pidió, mediante escrito, en el juzgado de guardia, una orden de entrada y registro en los domicilios de Navalón y Selva en Madrid. Según decía, ambos ex asesores habían falseado su testimonio en el juicio de Argentia Trust negando haber cobrado sus servicios a través de la factura de los 600 millones de pesetas en Suiza.

Eludir el reparto

"Se deberá intervenir y poner a disposición del juzgado toda la documentación referente a la entidad Argentia Trust... Existen seguros indicios de que la documentación señalada existe y que se encuentra en los domicilios citados y que deben ser objeto de entrada y registro", decía el escrito de dos folios.

Ese 27 de mayo tocó la guardia al juez Coronado. Al recibir la denuncia, denegó la petición de orden y registro por no estar fundada. Este tipo de peticiones de un particular son muy raras, prácticamente inexistentes. En cambio, suelen ser frecuentes las peticiones formuladas por la Policía o los cuerpos de seguridad del Estado.

Pero, tras denegar la petición, el juez Coronado le asignó un número de diligencias previas, el 3641/97. Un día más tarde, el 28 de mayo, el procurador Gómez-Vilaboa se presentó ante el juzgado 16 con una denuncia "continuación y ampliación de los hechos objeto de las diligencias previas 3641/ 97 del Juzgado de Instrucción número 16 de Madrid".

La denuncia, pues, aprovechando el escrito de la víspera no fue a reparto de, los juzgados de plaza de Castilla. El juez de guardia el 27 de mayo, al dar el número de diligencias previas al escrito presentado por la esposa de Conde abrió el camino para eludir el reparto y tramitar lo que a continuación vendría en su propio juzgado, el 16. Y a continuación, un día más tarde, llegó a ése juzgado la denuncia, ampliamente documentada.

Las normas de reparto existente en los juzgados, señalaron fuentes judiciales, buscan evitar una cosa: la preselección del juez por alguna de las partes interesadas en un procedimiento. Al justificar el procedimiento empleado, el juez Coronado declaró, ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que aplicó las normas vigentes en plaza de Castilla.

Esas normas, a su vez, también presentan, según las certificaciones ya realizadas, algunas presuntas irregularidades. Según considera el Tribunal Superior de Justicia de Madrid " el juzgado de guardia que autorice la medida cautelar [por ejemplo, una petición de entrada y registro] correspondiente seguirá conociendo de los hechos delictivos que aparezcan como consecuencia de dicha autorización".

Versión retocada

Según esta versión, Coronado al rechazar la petición de la esposa de Conde no debió tramitar en su juzgado la posterior denuncia. Pero el juez presenta en su defensa una versión retocada de la norma de reparto. En el mismo texto del Tribunal Superior de Justicia aparecen manuscritas las palabras "o no". Esto es, autorice o no el juzgado de guardia una medida cautelar, el juez seguirá en su propio juzgado los hechos posteriores.

El Ministerio Fiscal solicitó al Juzgado de Instrucción número 16 varias certificaciones el pasado mes de julio. Una de ellas se refería a saber cuántas diligencias previas fueron incoadas por el juez Coronado a raíz de peticiones de entrada y registro realizadas por particulares desde que llegó al Juzgado de Instrucción número 16, a mediados del año 1996, hasta ahora.

La respuesta de la secretaria del juzgado, Concepción Marcos Valtierra, según fuentes judiciales, es ésta: una, la de la esposa de Conde. Otra de las certificaciones se refiere a si el juez Coronado informó al fiscal, en la guardia del 27 de mayo, sobre la petición de entrada y registro de la esposa de Conde. La respuesta de la secretaria Marcos Valtierra: no,

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