EI peso de la Ley
Ley del Deporte: Artículo 76: 1. Se consideran como infracciones muy graves a las reglas de juego o competiciones ... :c. Las actuaciones dirigidas a predeterminar, mediante precio, intimidación o simples acuerdos, el resultado de una prueba o competición.
Estatutos. de la Federación: Artículo 100: 1. "Los que intervengan en acuerdos conducentes a la obtención de un resultado, irregular en un encuentro, ya sea por la anómala actuación de uno o de los dos equipos contendientes o de alguno de los jugadores... u otro procedimiento conducente al mismo propósito, serán sancionados, como autores de una infracción muy grave, con inhabilitación por tiempo de dos a cinco años, y se deducirán tres puntos de su clasificación a los clubes implicados, declarándose nulo el partido.
2. Los que participen en hechos de esta clase sin tener la responsabilidad material y directa, serán sancionados con inhabilitación o privación de licencia por tiempo de dos años.
3. Si en esta clase de ilícitos acuerdos mediare entrega o promesa de cantidad, procederá el decomiso de la que, en su caso, se hubiera hecho efectiva.
Artículo 109: 1. La promesa o entrega de cantidades en efectivo o compensaciones evaluables en dinero por parte de un tercer club como estímulo para lograr obtener un resultado positivo, así como su aceptación o recepción, se sancionarán con suspensión por tiempo de uno a seis meses a las personas que hubieren sido responsables, y se impondrá a los clubes implicados y a los receptores multa en cuantía de 500.000 pesetas, procediéndose, además, al decomiso de. las cantidades hechas, en su caso, efectivas.
2. Los que intervengan en hechos de esta clase como meros intermediarios, serán suspendidos o inhabilitados por tiempo de uno a tres meses.
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