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SENTENCIA DEL 'CASO RUMASA'

El fiscal Gordillo estudia si recurre ante el Supremo

Contra la sentencia de ayer cabe recurso de casación ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo, que solamente puede ser pesentado por el fiscal del caso Rumasa, Ignacio Gordillo, ya que no se personó en el juicio el abogado del Estado. Gordillo dijo ayer que aún no había decidido nada porque no había leído detalladamente el texto. Ruiz-Mateos tiene pendiente la acusación de injurias al jefe de Estado y el intento de estafa a la Rumasa Estatal.Ruiz-Mateos se le ha juzgado justamente por las acusaciones que permitieron que el 29 de marzo de 1985 Alemania concedieran su extradición a España. El primero fue por "haber asientos a principios de 1983 por negocios crediticios simulados en cuentas cuyos titulares nada sabían de ello y haberlas utilizado para supuestas regularización de pérdidas" y "por haber realizado la noche del 23 de febrero de 1983 asientos de signo contrario de forma que quedaran en los bancos de Rumasa". El segundo, fue por "haber aumentado en el segundo semestre de 1982 valores patrimoniales en el balance del holding sin base real".

Los otros delitos

Si Ruiz-Mateos permananece en España pasados 45 días puede ser juzgado por los delitos no incluidos en la extradición, según el Convenio Europeo de Extradición. En cualquier caso, es previsible que, habida cuenta que el abogado del Estado ya se retiró del juicio, no se ponga en marcha. El Estado se retiró al haberse cancelado la deuda mediante el saneamiento. Además, alguno de los delitos ya no están tipificados en el nuevo Código Penal.La extradición tuvo su base en el auto que dictó el juez Luis Lerga el 6 de julio de 1983 en el que se acusaba a Ruiz-Mateos de siete presuntos delitos (falsedad, apropiación indebida y delitos monetarios). Las acusaciones eran: no declarar a la Hacienda Pública, retener dinero de la Seguridad Social, regularizar pérdidas de forma irregular, mantener una doble caja contable, trasvase de balances, aumento patrimonial ficticio y tráfico de divisas.

Fuentes de la Administración, tras decir que respetan la sentencia, la califican de "extraña e inaudita" porque da por probados los hechos de los que fue acusado, y sin embargo le exculpa. Esas fuentes dicen que "dejar de pagar a Hacienda y mantener deudas con la Seguridad Social sí perjudica a terceros".

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