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La Audiencia se plantea si es un delito consumado una entrega de droga permitida por 'topos' policiales

El 8 de junio de 1996 arribó al aeropuerto de Barajas una maleta con 20 kilos de cocaína procedente de Venezuela. Una banda (integrada por seis personas, entre ellas, varios abogados) había pactado con dos guardias civiles, que resultaron ser unos topos infiltrados en la red, entregarles 12 millones a cambio de que hiciesen la vista gorda en la aduana.El plan de los infiltrados, con aquiescencia de sus mandos, y conocedores del desarrollo de la operación desde su inicio, era detener a la banda con las manos en la masa. Por eso dejaron pasar la droga por el escáner y luego detuvieron a los miembros de la banda, que ingresaron en prisión. Posteriormente, todos han quedado en libertad bajo fianza, a la espera del juicio.

La Audiencia de Madrid se plantea ahora, dado que los guardias conocían toda la operación y, lógicamente, pudieron evitar su ejecución, si este tipo de entregas de droga controlada deben castigarse como hechos consumados o como delitos de conspiración (planear y decidir la comisión de un hecho punible grave).

La operación policial se montó a raíz de que un miembro de la red inquiriese a un antiguo amigo (guardia civil) sí conocía a alguien de confianza dispuesto a dejar pasar droga en Barajas a cambio de premios millonarios. Por cada kilo recibiría cerca de 800.000 pesetas. El guardia contó el hecho a sus mandos, y éstos decidieron infiltrar en la red a dos agentes.

Los topos mantuvieron reuniones con los ahora acusados en el hotel Miguel Ángel. En una de esas reuniones se fijó la fecha de la operación. Los topos aceptaron recibir 12 millones de pesetas por su inhibición. Según fuentes jurídicas, un miembro de la banda comentó en una de esas reuniones que inhibiciones de ese tipo habían hecho millonario a un guardia civil que trabajó en Barajas. La banda cumplía sus promesas económicas: el 8 de junio, mientras la maleta con la droga pasaba por el escáner, otra con 12 millones de pesetas -la cifra Pactada- esperaba en el capó de un coche aparcado cerca de Barajas. Las detenciones se produjeron antes del intercambio de maletas.

La Audiencia, que juzgará este caso, tiene dudas sobre el mismo. Así lo deja entrever en el auto en el que decreta la libertad bajo fianza al abogado A. C. S., considerado el cabecilla de la trama. Se plantea, "sin entrar a prejuzgar los hechos" si en un futuro juicio cabría imputar a los acusados un delito de narcotráfico consumado u otro de conspiración.

En su auto indica que existe delito castigable en el momento en que varias personas "conspiran" para cometer un hecho punible. Entiende que las fuerzas de seguridad no abortaron el delito, "pudiendo hacerlo, en su legítimo deseo de obtener una prueba material de la acción planeada mucho más sólida que la meramente testifical sobre propósitos o resoluciones". Sin embargo, advierte que la pena a imponer en su día podría ser la de un delito no consumado. El asunto lo resolverá tras el juicio, en la sentencia. Los abogados de los acusados van más allá y sostienen que el delito fue provocado.

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