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El Supremo impone a los fiscales revisar de oficio las liquidaciones de condenas

Una sentencia del Tribunal Supremo del pasado 22 de noviembre impone a los fiscales que revisen de oficio las liquidaciones de condena que no apliquen que es posible optar por las penas del nuevo Código Penal sin perder el beneficio de las penas redimidas por el trabajo antes de su entrada en vigor. Tal interpretación -contraria a la inicial del Ministerio Fiscal- permitió excarcelar entre el 18 de julio y el 29 de noviembre a 113 presos, según fuentes penitenciarias.La sentencia, cuyo ponente ha sido José Antonio Martín Pallín, razona que deben buscarse soluciones a "los problemas que afectan a la libertad y a los derechos individuales y no cabe aferrarse a construcciones formales (...) que resultan insatisfactorias cuando cierran el paso a la reconsideración de decisiones que no están conformes con el sentir unitario de la interpretación de la la ley".

El Supremo indica a los fiscales que Ias liquidaciones realizadas sin tener en cuenta la línea jurisprudencial señalada incurren en un evidente error al no computar los días redimidos por el trabajo", por lo que debe rectifiarse el error "de oficio". Fuentes fiscales calculan que se beneficiarán mil presos.

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