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'Okupas' en la casa cuartel

La Audiencia de Madrid absuelve a nueve familias que se instalaron en dependencias de la Guardia Civil

La Audiencia Provincial de Madrid considera que las nueve familias jóvenes que en mayo de 1995 okuparon la antigua casa cuartel de la Guardia Civil de San Fernando de Henares no cometieron ningún acto delictivo. Por eso ha revocado una sentencia del Juzgado número 3 de Coslada que había condenado a estos okupas a 10.000 pesetas de multa o dos días de arresto en caso de impago por una falta de coacciones. Las coacciones son el tipo de castigo que con más frecuencia aplicaban los jueces a los okupas mientras estaba en vigor el antiguo Código Penal, que, a diferencia del actual, no sancionaba como delito la okupación. El tribunal absuelve a estas familias por entender que no está demostrado que utilizasen violencia para acceder al cuartel y cree que sin ella no puede condenarse a nadie por coacciones. Si la Guardia Civil quiere echarles de este edificio, abandonado des de enero de 1993, deberá acudir a la vía civil, más lenta y costosa.La antigua casa cuartel se encuentra en medio de esta localidad madrileña de 29.689 habitantes. Los guardias se marcharon en diciembre de 1992, al pasar la zona a ser competencia de la Policía Nacional. Y el edificio, de dos plantas, formado por las viviendas, un patio y unas destartaladas cocheras, permaneció inutilizado dos años y medio, hasta que entraron en él las nueve familias, formadas por 16 adultos y 10 niños. Lo pintaron y adecentaron, y algunos de ellos han conseguido incluso que Unión Fenosa les haga contratos de la luz.Sonia Moreno, de 26 años, y Cecilio Gómez, de 32, con un hijo de cinco años, cuentan que decidieron convertirse en okupas después de pagar un alquiler de 75.000 pesetas durante cuatro años. "Yo me quedé sin trabajo, y sólo con el sueldo de mi mujer como auxiliar de catering no podíamos pagar una renta. No pensamos seguir así toda la vida", explica este albañil. Su casa alberga el antiguo calabozo del cuartel, con su tranco y su mirilla. La antigua celda es ahora su despensa.Mario Galán, otro albañil de 39 años con un niño de siete, y Jacinto Belmonte, mensajero de 29, con dos niñas, explican razones parecidas. Ninguno dice ser pobre de solemnidad. "Pero con contratos temporales de obrero un alquiler es una sangría", aseguran. "Además, que estemos aquí sirve para denunciar el precio de los pisos y la falta de viviendas públicas asequibles", añaden. "Cuando me digan qué van a hacer en el edificio, igual cojo el hato y me voy, pero no para que quede vacío", concluye Galán.En un municipio pequeño como éste una situación así no podía pasar inadvertida, aunque no es la única. Montserrat Muñoz, la alcaldesa, de Izquierda Unida, asegura que al consistorio no han llegado quejas por los okupas. "Eso sí, hay muchos vecinos molestos porque creen que ellos o parientes suyos están en una situación parecida a la de estas familias, con trabajos inestables, y no hacen lo mismo", explica.

"Nosotros hemos pedido repetidas veces a la Guardia Civil, dueña de este cuartel, que lo ceda al Ayuntamiento, pero parece que quiere tomar una decisión, aún sin fecha, sobre todos sus acuartelamientos y no sólo sobre éste", añade. "Si nos lo cediesen lo derribaríamos, porque data de 1934 y está en una situación de ruina parcial, y lo destinaríamos a centro de reunión, para el movimiento asociativo de San Fernando", concluye.

El 10 de enero de 1996, el Juzgado de Instrucción número 3 de Coslada condenó a estos okupas por una falta de coacciones. La Policía Local había denunciado de oficio la toma del edificio, pero fue el abogado del Estado quien acudió al juicio. Las familias apelaron ante la Audiencia Provincial de Madrid, que el pasado 4 de noviembre revocó la condena y absolvió a los condenados. Aunque para entonces ya estaba en vigor el nuevo Código Penal, que castiga las okupaciones, al tratarse de hechos ocurridos con anterioridad se les aplicó la antigua normativa, la más favorable para ellos. La magistrada Pilar Oliván, de la Sección Cuarta de la Audiencia, consideró que no se puede condenar por coacciones a quien entra a una vivienda sin que se demuestre que ha ejercido violencia.

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