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Editorial:
Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

Dicho y hecho

EL ABOGADO de Herri Batasuna Txemi Gorostiza tendrá que responder ante la justicia de un presunto delito de colaboración con banda armada. Encausado por ese delito hace dos años, las actuaciones fueron anuladas por la Audiencia Nacional por considerar ilegal la prueba acusatoria: la. grabación de una conversación suya con un preso. En esa grabación, el letrado defendía la conveniencia de atentar contra funcionarios de prisiones como forma de acabar con la política de reinserción y admitía que había "pasado datos certeros" para ello a la banda' El hecho de que un funcionario de Instituciones Penitenciarias fuera asesinado por ETA diez días después de la siniestra conversación puso de relieve la escasa distancia que en materia de terrorismo suele existir entre el dicho y el hecho. La revocación de aquella resolución por parte del Tribunal Supremo significa que Gorostiza será juzgado de nuevo. Ello permitirá hacer confluir la razón jurídica con el sentido común.Esto ha sido posible porque una reciente sentencia del Tribunal Constitucional ha precisado los criterios sobre intervención de comunicaciones de los presos.Lo fundamental es la distinción entre las comunicaciones en general y las específicamente mantenidas por el recluso con su abogado defensor. En el primer caso, razones de seguridad o de otro tipo pueden justificar una intervención de la conversación por parte de la autoridad penitenciaria. En el caso de los defensores, por el contrario, ello sólo es posible en supuestos de terrorismo, y siempre mediante autorización judicial. Según la sentencia ahora hecha pública por el Supremo, Gorostiza no era el abogado defensor de De Juana Chaos, por lo que la comunicación puede considerarse como la del preso con cualquier visita particular y sometida, por tanto, al criterio general. En el juicio oral habrá de dilucidarse si existían motivos de seguridad que justificaban, la intervención; pero ya no podrá argumentarse la ilegalidad de la misma basándose en la ausencia de autorización judicial.

El garantismo es una civilizada conquista a conservar, pero su defensa no implica prescindir de cualquier otro principio jurídico; uno de ellos es que el razonamiento en virtud del cual se decide en derecho no puede conducir al absurdo. Que Gorostiza no fuera a ser juzgado por el fondo del asunto lo era.

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