2, juzgados, 2: 43 y 33
Soy estudiante de Derecho y quisiera dar a los contribuyentes una guía didáctica por si un día tienen que ir a un juicio oral en el Juzgado de Instrucción número 43 de Madrid. Ejemplo real.
1. Recogerá usted un telegrama en una estafeta, donde le dirán que deberá presentarse en dicho juzgado el día 17 de febrero de 1994 para asistir a juicio oral como denunciante.
2. Unos días después recogerá usted otro telegrama donde se le dirá que el anterior no vale y que deberá presentarse el día 24 de febrero de 1994.
3. Este día 24 se pasará usted toda la mañana en los pasillos de los juzgados. Después pasará por una sala y, casi antes de entrar, le dirán que ya se ha terminado. Un caballero le preguntará, en otra sala, si va a recurrir la sentencia, a lo que usted, lógicamente, le preguntará que dónde está la sentencia. Dicho caballero le razonará que, antes de que se la den, él debe saber si la va a recurrir, y después se la mandarán por correo.
4. Usted dirá que sí, aunque sólo sea por ver dicha sentencia físicamente.
5. Recibirá otro telegrama para que vaya usted a retirar la sentencia a dicho juzgado, a un mes vista, el día 21 de marzo de 1994; pero no vaya, porque tiene truco, ya que si va le dirán que ese día no están para dar sentencias y que tiene que volver el día 23 de marzo de 1994. Este día debe ir, se la darán.
6. El día 25 de marzo de 1994 recibirá una notificación, por vía Dirección General de la Policía, para que la recoja el próximo día 6 de abril de 1994, pero también es otro truco, y no deberá ir usted, porque ya se la han dado dos días antes, y pueden darle otra.
Sin embargo, si le toca a usted el Juzgado número 33, está de suerte, le saldrá mucho más económico y práctico, no le llamarán nunca y así no tendrá que retirar telegramas, asistir a juicio ni recoger sentencias: para que digan que la justicia no funciona, con lo variadísima que es.-


























































