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La Audiencia de Sevilla pide al Constitucional que elimine la cárcel para los insumisos

La pena de cárcel para los insumisos es "desproporcionada", según la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla, que ha elevado al Constitucional una cuestión de inconstitucionalidad de la Ley de Objeción de Conciencia. La Audiencia considera excesivo condenar a los insumisos a una pena mínima de dos años, cuatro meses y un día "para proteger un interés administrativo", como califica la prestación social sustitutoria.Esta decisión da respuesta al recurso de un insumiso, tres días después de que un tribunal de la misma Audiencia sustituyera por una multa la pena de cárcel impuesta a otro insumiso.

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