Derecho de voto para un inhabilitado
El Tribunal Constitucional ha declarado el derecho de un ciudadano de Ávila a figurar en el censo electoral, del que fue excluido por orden judicial. El alto tribunal anula parte de la sentencia del Juzgado de Primera Instancia de Piedrahita (Ávila), por ampliar indebidamente la inhabilitación para votar en las elecciones municipales, como consecuencia de una condena penal. Antonio González Canalejo, condenado en enero de 1988 como autor de un delito de infidelidad en la custodia de documentos, fue inhabilitado para "elegir y ser elegido alcalde durante un periodo de seis años", por lo que debía ser excluido del censo para las elecciones locales y autonómicas de 1991.
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