Desestimada una demanda de plagio de Tele 5 contra TVE
Televisión Española (TVE) no plagió el programa de Tele 5 Queridos padres al poner en pantalla De tal palo. Así consta en una sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 53 de Madrid, que ha desestimado la demanda interpuesta por la cadena privada contra la emisora estatal en marzo de este año en base a la Ley de Propiedad Intelectual. Según la sentencia, esta ley "no protege ideas genéricas", salvo que se encuentren desarrolladas "en una forma determinada y específica", y afirma que De tal palo tenía "individualidad propia".
Tele 5 comenzó la emisión de Queridos padres, presentado por Concha Velasco, el pasado 27 de febrero. Ese mismo día, TVE estrenó De tal palo, presentado por Ramoncín. El eje argumental de los dos programas es un concurso entre parejas de padres e hijos en el que se premia su grado de compenetración. Según la cadena privada "esta imitación" de TVE constituía "una infracción de los derechos de propiedad intelectual de la sociedad Gestevisión Tele 5, que adquirió la adaptación española del concurso Family game a la compañía Fremantle International.Por su parte, Televisión Española alegó que "la Ley de Propiead Intelectual no protege las ideas, sino sólo los títulos de los programas que se registran legalmente". La defensa de TVE añade que entre abril de 1990 y marzo de 1991 esta cadena emitió En buena hora, programa-concurso que incluía una sección muy parecida a Queridos padres y De tal palo".
El juez desestima la demanda al considerar que la Ley de Propiedad Intelectual "no protege las ideas genéricas mientras no se llenen de contenido; todo concurso televisivo tiene una idea animadora, pero es algo más, en cuanto que dicha idea se encuentra desarrollada de una forma determinada y específica". "Una vez vistas las grabaciones", se añade en la sentencia, "cabe concluir que De tal palo no infringe los derechos de Propiedad Intelectual de Gestevisión". La sentencia concluye que "la imitación es ilegal sólo cuando atente contra los derechos de exclusiva otorgados por una ley; cuando genere riesgo de confusión en los consumidores (que no fue alegado por Tele 5); o cuando suponga el aprovechamiento indebido del esfuerzo ajeno". En ese sentido se afirma que De tal palo tenía "Individualidad propia".
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