El Supremo rechaza los recursos contra la nulidad de pruebas del 'caso Naseiro'
Los mismos magistrados de la Sala Segunda del Tribunal Supremo que declararon nulas las escuchas telefónicas del caso Naseiro han rechazado ahora los recursos del fiscal y las acusaciones contra su primera resolución. El proceso queda así definitivamente desprovisto de contenido probatorio y queda abocado a la absolución de los cargos del PP que planificaron, presuntamente, el cobro de comisiones a empresas a cambio de concesiones de licencias de obras.
La nueva resolución reitera que las escuchas telefónicas a Salvador Palop, Ángel Sanchis y Rosendo Naseiro se hicieron vulnerando el derecho fundamental al secreto de las comunicaciones y subraya que el "representante legítimo del Pueblo" -en referencia al diputado Sanchis- "no puede, de ninguna manera, ver reducido el nivel de protección de sus derechos fundamentales".
Los magistrados rechazan haber incurrido en un "exceso formalista en la interpretación de la norma" tal como señalaba el abogado Juan María Bandrés en su recurso y estiman que "las formas, que no los formulismos, son en el Derecho garantía de realización de la justicia".
A Bandrés le deniegan la comparacencia como testigo del ministro José Borrell porque en nada afecta al juicio, según los magistrados, "que hubiera o no una reunión en la que el señor ministro exhortara a las grandes empresas constructoras a no pagar comisiones a ningún partido político, para obtener concesiones de obras". El magistrado ponente, Enrique Ruiz Vadillo, explica que tal exhortación, "si la hubo, llena de buen sentido, nada afectaría a este proceso, aunque en la reunión hubiera referencias al llamado caso Naseiro". Las acusaciones disponen de tres días para decir de qué pruebas intentarán valerse. El 9 de julio se reanudará el juicio.
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