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Editorial:
Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

Individuo, Estado e insumisión

LA ABSOLUCIÓN por un juez de Madrid de un joven insumiso por estimar que las razones de conciencia alegadas para su rechazo del servicio de las armas y de la prestación social sustitutoria priman constitucionalmente sobre los intereses del Estado ha sido acogida lógicamente con gran preocupación por los partidos mayoritarios -PSOE y Partido Popular- y por los ministerios de Defensa y de Justicia. No es para menos; la resolución judicial constituye un cuestionamiento del marco legal desarrollado en estos años sobre la objeción de conciencia al servicio militar y la prestación social sustitutoria.La sentencia contempla un caso concreto: el de un joven declarado objetor y que se niega a prestar el ser vicio social sustitutorio por considerarlo una variante del sistema de la mili obligatoria. No se puede genera lizar sin más, pero, al margen de sus circunstancias particulares, el caso responde al esquema común de comportamiento de quienes se oponen a la actual regulación de la objeción de conciencia y que integran en estos momentos un colectivo cercano a los 3.000 insumisos. De ahí la importancia, doctrinal y política, de una resolución judicial que ha aceptado en un caso individual la supremacía de la libertad de conciencia como causa penalmente eximente del deber legal de defensa nacional.

Al margen del acuerdo que haya con la sentencia, ésta debe contemplarse como una interpelación al ac tual marco legal del sistema del servicio militar obli gatorio. Un sistema que tiene una grave falla en la consideración de la objeción de conciencia como una causa más de exención del servicio militar y no como manifestación del derecho fundamental de libertad ideológica reconocido en el artículo 16 de la Constitución. Precisamente, ha sido esta falla la que ha hecho posible la sentencia absolutoria del juez de Madrid y la que posibilita otras similares en el futuro.

Hace un año, la primera sentencia dictada contra jóvenes insumisos, aunque condenatoria, ya puso en sobreaviso a los órganos representativos soberanos Sobre la necesidad de adecuar las leyes a la conciencia colectiva y de acortar el abismo existente entre la percepción social del servicio de las armas y las normas que actualmente lo regulan. De ahí que instituciones y fuerzas políticas no deban echar en saco roto estos pronunciamientos judiciales sobre un problema que sigue sin tener un tratamiento legal adecuado.

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