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Los informativos podrán tener publicidad, según un informe de la UER

La práctica habitual en algunas cadenas de televisión españolas de insertar publicidad en sus programas informativos diarios no está en contradicción con la directiva europea sobre televisión sin fronteras, que prohíbe la interrupción de informativos de duración inferior a 30 minutos. Ésta es la opinión que expresa en un informe de 1990 la Unión Europea de Radiodifusión (UER), donde se explica el contenido e implicaciones de esta directiva comunitaria.El artículo 11 de la directiva, que con toda probabilidad se respetará íntegramente en el proyecto de transposición que prepara el Gobierno español, establece que no podrá insertarse publicidad en los telediarios "cuya duración programada sea inferior a 30 minutos". Según la UER, la expresión "duración programada" incluye la publicidad prevista por la cadena durante el espacio. Los informativos con publicidad que emiten algunas cadenas españolas podrían mantenerse una vez que se aplique en nuestro país la norma comunitaria, ya que la duración programada de los mismos, incluida publicidad, no es inferior a 30 minutos.

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