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UNA REFORMA HISTÓRICA

Fin de semana entre rejas y multas para pobres y ricos

Las innovaciones más destacadas del anteproyecto de Código Penal en materia de penas son los arrestos de fin de semana y las multas en cuotas diarias, semanales y mensuales. Esta modalidad de multa ofrece al juzgador un abanico amplio para su aplicación en cada caso, según la situación económica del condenado. Ambas novedades figuraban ya en los anteproyectos de UCD de 1980 y del PSOE de 1983 y son de uso corriente en otros paises europeos.El arresto de fin de semana tiene'una extensión mínima de un sábado y un domingo y una máxima de 24 fines de semana. La duración de esta pena, cada fin de semana, es de 36 horas y se cumplirá en el establecimiento penitenciario más próximo al domicilio del arrestado Excepcionalmente, el juez o tribunal podrá acordar que el arresto de fin de semana se cumpla en depósitos municipales o centros policiales, a solicitud del Ministerio Fiscal, previa conformidad del reo.

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Cuando el condenado incurra en dos ausencias no justificadas, a juicio del juez de vigilancia, éste -aparte de iniciar una causa aparte por el quebrantamiento de la condena- podrá acordar que el arresto se ejecute ininterrumpidamente hasta el cumplimiento del fallo, computándose en tal caso dos días de privación de libertad por cada fin de semana pendiente. La modalidad del arresto de fin de semana se empezó a aplicar en Bélgica, se introdujo después en Suecia -donde se denomina "arresto de tiempo libre"- y en Suiza y, finalmente, se incorporó al Código Penal de la República Federal Alemana de 1975.

La otra gran novedad en materia de nuevas sanciones penales son las penas de multa que, según el futuro Código, Penal, se impondrán "por cuotas diarias, semanales o mensuales" y que tendrán una extensión entre un día y 24 me ses. La cuota diaria tendrá un mínimo de 300 pesetas y un máximo de 30.000; la semanal, un mínimo de 2.0 . 00 pesetas y un máximo de 200.000, y la mensual, un mínimo de 10.000 pesetas y un máximo de un millón. El artículo 46 del anteproyecto ordena a los jueces y tribunales que determinen motivadamente la extensión de la condena, dentro de los límites establecidos para cada delito, "teniendo en cuenta para ello exclusivamente la situación económica del reo".

El asombro que la nueva pena produce incluso entre algunos expertos en derecho cuando observan una condena de multa a días, semanas o meses -se trata de una terminología que la opinión pública asocia con penas de privación de libertad, mientras las multas se relacionan con pesetas- aconseja consultar a alguno de los juristas que la han introducido en el anteproyecto. El catedrático de Derecho Penal Carlos García Valdés recuerda que esta modalidad de multa -en Francia se denomina jour-amende [día-multa]- se introdujo en los países nórdicos en la primera mitad de este siglo: en 1916 en Suecia, en 1921 en Finlandia y en 1939 en Dinamarca; se incorporo al código alemán de 1975 y posteriormente, en los años ochenta, a las legislaciones francesa y portuguesa, entre otras.

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