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Un juez no considera delito que un objetor se niegue a cumplir la prestación social

Ramón Sáez Valcárcel, juez de instrucción de Madrid, ha rechazado el recurso del fiscal contra su acuerdo de archivar una querella contra un objetor que se negó a realizar la prestación social sustitutoria, como desobediencia a la ley de Objeción de Conciencia. El juez cree que la negativa a incorporarse a una asociación de ayuda a minusválidos no lesionó la defensa civil de España, bien jurídico protegido por el delito, por lo que éste no existe.El Fiscal señaló que el bien jurídico protegido por el delito no es la defensa nacional, sino la prestación social sustitutor a "obligatoria y en defensa de la comunidad", por lo que debía dejarse sin efecto el archivo.

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