Saturado el juzgado que tramita los expedientes de incapacidad
El Juzgado de Primera Instancia que desde hace dos años tramita las declaraciones de incapacidad en Madrid se ha quedado pequeño ante el crecimiento de la demanda. También sobre la recién creada Comisión de Tutela de la Comunidad llueven las peticiones para que la institución tutele a personas que no pueden valerse y no tienen familia. El pasado año se tramitaron 2.903 expedientes.
"El volumen de trabajo es impresionante", afirma Begoña, una de las dos fiscales adscritas a cuestiones de incapacitación, "aunque se ha mejorado al centralizar los asuntos en un solo juzgado". El Juzgado de Primera Instancia número 30, habilitadoen marzo de 1989 para conocer exclusivamente demandas de incapacidad en Madrid capital, tramitó el pasado ano cerca de 3.000 expedientes.
"El número de casos aumenta cada día, entre otras cosas, por la evolución de la convivencia social. Los improductivos no interesan", asegura Concha Casasnovas, trabajadora social de la Comunidad. Añade que, además, la esperanza de vida ha aumentado también para los deficientes.
Tomás Merín, presidente de la comisión, explica que generalmente asumían la tutela de incapaces adultos los directores de las instituciones públicas donde estaban ingresados, pero ahora la Comunidad puede hacerlo porque la ley permite esa posibilidad a personas jurídicas.
Deterioro psíquico
La Comunidad puede tutelar a los que no tienen familia, pero también a las que la tienen y no les atienden o lo hacen mal. Merín explica que la medida afectaría a enfermos mentales, disminuidos y ancianos demenciados no por la edad, sino por el deterioro psíquico.Concha Casasnovas explica que, aunque es la Fiscalía quien inicia esos expedientes de incapacidad, en la Comunidad se han recibido numerosas peticiones e incapacitación. "Pero hay mucha confusión con todo esto: no se puede incapacitar, como pretenden varias madres que nos llaman, a un toxicómano", añade.
Merín aclara que la Comunidad podrá ejercer la tutela -cuidado de la persona y, eventualmente, de sus bienes- o la curatela -sólo administración de bienes-. Precisamente, la Comunidad está pendiente de que el juez le conceda la curatela del piso y la pensión de un joven enfermo mental, pero no incapaz que cedió su casa a unos amigos que le iban a cuidar muy bien y terminaron echándole.
Cuando hay herencias o patrimonios importantes, la ley autoriza una retribución para el tutor. En ese caso, la Comunidad destinará el dinero a un fondo para los tutelados, especialmente para los que tienen patrimonio.
La fiscalía inicia el expediente cuando no hay parientes legitimados, o los hay pero no quieren actuar. Los fiscales del Juzgado número 30 explican que les llegan los casos a través de instituciones públicas o privadas, de los abogados y de los procedimientos penales, porque se remiten a la fiscalía las sentencias que han aplicado eximentes de al responsabilidad.
Casasnovas precisa que algunas veces no se tienen noticias de situaciones de incapacidad por intereses personales de terceros, abandono y desconocimiento, pero añade que tampoco hay que recurrir siempre a la incapacidad porque puede convertirse en un recurso cómodo. En este sentido, las fiscalías mantienen que, ante la duda, solicitan que no se incapacite a una persona.
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