Un tribunal cuestiona la constitucionalidad del ultraje a las banderas autonómicas
La ley que penaliza los ultrajes a las banderas autonómicas es puesta en duda por un tribunal valenciano. El juicio a un independentista acusado de ultrajar la bandera oficial valenciana dará pie a la presentación de una cuestión de inconstitucionalidad sobre una ley de 1981. Esta norma de rango ordinario equipara penalmente los ultrajes a la bandera española con los cometidos sobre enseñas autonómicas.
La cuestión de inconstitucionalidad es la pregunta que un tribunal efectúa al Constitucional sobre la adecuación o no a la ley fundamental de una norma que se dispone a aplicar. La ley 39/ 1981, reguladora de la bandera española y de otras banderas y emblemas, es de carácter ordinario y no posee el rango de orgánica. La Coristitución establece que las normas que afecten a derechos fundamentales deberán ser leyes orgánicas.Los ultrajes a las banderas auonómicas, al tener como consecuencia una sanción penal, deben ser regulados por ley orgánica, según Virgilio Latorre, defensor de Francesc Navarro, el independentista valenciano juzgado. Latorre fue quien propuso al tribunal que reflexionase sobre esta circunstancia.
La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Valencia ha suspendido la elaboración de la sentencia para que el fiscal y la defensa se pronuncien antes de presentar una cuestión de constitucionalidad, hecho que se producirá, casi con seguridad, la próxima semana.
Los hechos que han dado lugar a la duda sobre la constitucionalidad de la mencionada ley se produjeron en abril de 1983. Una manifestación nacionalista concluyó ante el Ayuntamiento de Gandía. Navarro, según el fiscal, descolgó la bandera oficial valenciana de un mástil colocado en la casa consistorial. Otras dos personas, Josep Guía y Pau Carabal, también están inculpadas en esta causa, aunque no se les acusa de ultraje a la bandera, sino de desórdenes públicos. La manifestación estaba autorizada y al final de la misma se registraron incidentes provocados por grupos radicales.
Durante el juicio, varios policías reconocieron que se encontraban de paisano entre los manifestantes para obtener información sobre los asistentes al acto.
Esperar sentencia
Si el Tribunal Constitucional decidiese anular la ley 39 / 1981, los ultrajes a las banderas autonómicas no tendrían sanción penal en tanto se dictase una nueva ley, ésta vez de carácter orgánico. Entre tanto, los tres encausados en este proceso esperarán para conocer si son condenados o absueltos.Durante el juicio celebrado en Valencia, Francesc Navarro reconoció que arrió la bandera oficial autonómica, aunque lo hizo en un momento "de emoción", y sin intención de ofender a la senyera valenciana. Por estos hechos, el fiscal solicitó una pena de seis años de prisión para Navarro, mientras su defensor reclamó la absolución y propuso al tribunal una reflexión sobre la constitucionalidad de la norma que se estaba aplicando.
El fiscal y el defensor disponen ahora de un plazo para explicar su posición sobre la inconstitucionalidad y, posteriormente, la Audiencia la presentará ante el alto tribunal.
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