El Constitucional suspende cinco juicios por no haber oído previamiente los jueces a los acusados
La Sala de Vacaciones del Tribunal Constitucional suspendió en agosto último la decisión del juez de Soria Fernando Anaya de abrir juicio oral sin oír a los acusados de injurias por la publicación en el periódico Soria Semanal de un chiste e informaciones sobre el cobro de igualas médicas en Santa María de Huerta. Esta es la quinta causa suspendida por el alto tribunal para evitar que, en aplicación de la llamada reforma Múgica, los jueces ordenen que se celebre juicio tras oír a los acusadores pero no a los acusados, norma denunciada como inconstitucional.
El artículo 790 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, en la redacción dada por la llamada reforma Múgica, de 28 de diciembre de 1988, permite a los jueces ordenar la apertura del juicio oral tras oír al ministerio fiscal y a las restantes partes acusadoras, pero no a los acusados, en el llamado procedimiento abreviado (para delitos con penas de hasta 12 años de cárcel). Varias de las personas afectadas por esta medida, contra la que el mencionado artículo establece que no hay recurso ordinario alguno, recurrieron en amparo ante el Tribunal Con stitucional.En todos los casos, los recurrentes alegaron que tal precepto es inconstitucional e invocaron la vulneración del artículo 24 de la Constitución, que garantiza la tutela judicial,efectiva y prohíbe la indefensión. Pidieron también la suspensión del juicio oral respectivo ordenado en cada caso por el correspondiente juez. El alto tribunal ha accedido a la suspensión de estos cinco juicios mientras resuelve los respectivos recursos de amparo, por entender que "la no suspensión ( ... ) haría que se comprometiera gravemente el amparo".
Precedente
Fuentes jurídicas consultadas por este periódico aseguraron que el Tribunal Constitucional concederá en su día los amparos solicitados, aunque existen dudas sobre si el precepto será declarado inconstitucional. La opinión más solvente es que el alto tribunal hará una sentencia ,interpretativa mediante la que obligará a los jueces a que antes de ordenar la apertura del juicio oral oigan también a los acusados. En este sentido señalaron que existe el precedente de la sentencia de 17 de abril de 1989, relativa a un precepto similar del procedimiento ordinario. En este caso el alto tribunal declaró que "debe oírse a los procesados, para evitar la desigualdad entre las partes procesales y la indefensión prohibida por el artículo 24".La última resolución judicial que ordenaba la celebración del juicio oral y que ha sido suspendida por la Sala de Vacaciones del Tribunal Constitucional -integrada por el presidente del alto tribunal, Francisco Tomás y Valiente, y los magistrados Fernando García-Mon y Álvaro Rodríguez Bereijo- ha sido la del juez Anaya contra el periódico Soria Semanal, acu.sado de injurias por el médico Germán Ceballos por publicar un chiste y varias informaciones sobre la percepción de igualas en Santa María de Huerta. La suspensión del auto ha paralizado la prestación de fianzas por 83.900.000 pesetas, también solicitada por el abogado del periódico, Saturio Hernández de Marco. El alto tribunal, tras recordar las otras cuatro suspensiones de juicios acordadas entre el 19 de diciembre de 1989 y el 18 de julio de 1990 puntualiza que la admisión del recurso y la suspensión decretada "no implica la automática admisión y suspensión de todos los asuntos con alguna semejanza".
Se evita el bloqueo
Con esta advertencia, la Sala de Vacaciones sale al paso del criterio, manifestado en los últimos meses en algunos medios de que la gran mayoría de los procedimientos abreviados -que suponen un 80% del total de los casos penales- queda rían bloqueados.El caso más conocido se produjo en junio último, cuando el Tribunal Constitucional suspendió el juicio contra uno de los acusados en el llamado caso de la construcción, en el que están implicados el alcalde de Burgos, dos tenientes de alcalde, un notario y el ex delegado de la Junta de Castilla y León en Burgos, todos ellos acusados de irregularidades urbanísticas y defendidos por los abogados José María Stampa, Luis Rodríguez Ramos y Gonzalo Rodríguez Mourullo.
Pocas semanas despues, a petición del letrado Gonzalo Martínez Fresneda, acusador en nombre de la Fed eración de Empresarios de la Construcción de Burgos, el alto tribunal levantó la suspensión acordada, al conocer las actuaciones y comprobar que se había dado traslado a los encausados para que formulasen escritos de defensa. El juicio es probable que se celebre en octubre próximo.
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