Condenado a pagar 5 millones a la mujer con la que convivió 17 años sin casarse
La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a un hombre a pagar cinco millones de pesetas para compensar la ruptura con la mujer a la que permaneció unido extramatrimonialmente durante 17 años y con la que tuvo una hija. La sala razona su decisión en que la demandante participaba de una relación familiar estable y se encontraba "sumergida en un ambiente económico y patrimonial conceptuado o evaluable como alto", que la separación truncó.
El tribunal revoca el fallo del juez de primera instancia, que denegó la indemnización por considerarla "una verdadera estafa". Asunción González Santander, la abogada familiarista que ha ganado el caso, estima muy novedosa la doctrina sentada por la Audiencia.El origen de esta sentencia fue la demanda interpuesta en 1983 por Rosario María de los Desamparados Oron y Mateo contra Saturnino Castañeda y Torio -Industrial dedicado a la construcción inmobiliaria-, a quien reclamaba una pensión de 100.000 pesetas mensuales en favor de la hija de ambos, nacida en septiembre de 1970, y una indemnización de 50 millones de pesetas para la demandante en concepto de pensión compensatoria por convivencia. El 20 de septiembre de 1989, el juez de primera instancia número 22 de Madrid Ramón Belo desestimó la demanda por considerar que el padre contribuyó suficientemente a la manutención de la hija hasta que en 1988 alcanzó la mayoría de edad, y estimar que no había lugar a la indemnización solicitada.
El juez Belo razonó este último punto diciendo que "constituiría una verdadera estafa para la libertad individual", afirmó, "si después de optar por la unión extramatrimonial, se aplicara la regulación jurídica de la unión matrimonial".
Alto nivel de vida
Asimismo, argumentó que Oron no aportó bienes ni la unión puede asimilarse a una relación laboral, ya que "el trabajo doméstico prestado (...) se compensó con las ventajas de la vida en común" y el disfrute de "un alto nivel de vida".Por el contrario, la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid, de la que ha sido ponente el magistrado Mariano Rodríguez Estevan, además de imponer a Castañeda que abone 40.000 pesetas mensuales correspondientes a los D meses anteriores a la mayoría de edad de la hija en que deja de prestarle los alimentos debidos, le condena a pagar cinco millones de pesetas a la demandante.
La sala argumenta que Ia relación de convivencia entre las partes, su comportamiento con relación a otras personas, su actuación respecto de los intereses económicos que a ambos atañían, su inicial separación con reconciliación posterior hasta producirse la ruptura definitiva, dieron origen a una situación jurídica en la que la demandante se consideraba ( ... ) formando un todo con el demandado ( ... ) y sumergida", afirma, "en un ambiente económico y patrimonial conceptuado ( ... ) como alto".
El criterio del tribunal es que todo ello contribuyó "a crear en ella una concepción respecto a su persona y su futuro que la separación ha truncado", dice la sentencia, "privándole de seguir manteniendo tal situación, que lógicamente debe traducirse en una indemnización de tipo patrimonial por convivencia, conforme a lo por ella pedido, pero que no puede establecerse en la cuantía por ella solicitada".
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.