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Editorial:
Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

Investigación judicial y garantías

LOS HECHOS, presuntamente delictivos, que investiga en Valencia el juez Luis Manglano darán la clave sobre si el magistrado se ha excedido en sus competencias inquisidoras (que rozan lo inquisitorial desde la perspectiva del PP y los allegados de los detenidos) o, por el contrario, está utilizando los instrumentos que la ley pone en su mano para averiguar los hechos y obtener las pruebas que conduzcan al enjuiciamiento de unas conductas gravemente dañosas para el conjunto de la colectividad. Sólo la entidad delictiva real de los hechos investigados y la dificultad de avanzar en la investigación utilizando medios más usuales -dificultad que por ahora no se puede evaluar, pero que será necesario explicar en su momento- justificarán el empleo de unas medidas extremas, que bordean el respeto a derechos y libertades reconocidos constitucionalmente y que vinculan a todos los jueces y magistrados.El juez Manglano no parece, en principio, un magistrado atrabiliario que se ponga a alancear enemigos reales o imaginarios. Su trayectoria profesional y las actuaciones anteriores que de él se conocen indican más bien seriedad y mesura, junto a una vocación especial hacia la investigación, que le mantiene, tras ocho años de ejercicio, al frente de un juzgado de instrucción, a pesar de la movilidad de la carrera judicial, que podría haberle permitido ya el acceso a un tribunal colegiado, paso necesario para ascender en su día al Tribunal Supremo. Ninguno de estos datos impide someter a la crítica sus actuaciones y sus decisiones, sobre todo cuando se conozcan los razonamientos en los que se apoya.

Del mismo modo, es comprensible que los detenidos y sus allegados traten de ampliar al máximo el derecho de defensa y utilicen todos los mecanismos jurídicos, a su alcance. Desde el hábeas corpus, en el caso de pretendidas detenciones ¡legales, hasta la exigencia de responsabilidades criminales, civiles y disciplinarias -a las que los titulares del poder judicial están sujetos-, pasando por la interposición de los recursos procedentes ante la Audiencia Provincial de Valencia y la excitación al ministerio fiscal para que cumpla con su obligación de velar por el "respeto de las garantías procesales del imputado".

Mientras tanto, y a salvo siempre de los resultados que se obtengan con las medidas judiciales tan intrépidamente adoptadas, nos encontramos ante unos instrumentos legales puestos en manos de los jueces de instrucción y, por tanto, susceptibles de ser empleados contra cualquier ciudadano sospechoso. Bien es verdad que la acción de la justicia no se dirige habitualmente contra las personas bien instaladas en la sociedad ni contra quienes se encuentran en los aledaños de los legisladores, que caen en la cuenta de lo buenas que son las garantías y lo fundamentales que son los derechos ciudadanos cuando observan en carne propia o próxima los resultados de su obra.

Los parlamentarios conservadores -como los socialistas en los últimos tiempos- no se han destacado precisamente por acentuar las garantías jurídicas de los delincuentes en las sucesivas reformas legislativas del proceso penal y han solicitado más dureza para quienes quebrantan la ley o para quienes se encuentran en la cárcel cumpliendo condena. Que las medidas legales no se hayan aplicado en esta ocasión a terroristas, narcotraficantes o simples chorizos -como despectivamente suele denominarse a los delincuentes con escasos medios económicos y lejanos a los circuitos de poder- no debe ser motivo para alterar concepciones de la justicia o del derecho, o para hacer invocaciones de la Constitución que, no realizadas en el momento legislativo oportuno, resultan hoy extemporáneas e interesadas.

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