El Supremo aplica las normas de la CE con preferencia a la legislación española
, La Sala Tercera del Tribunal Supremo ha aplicado por primera vez normas dictadas por la Comunidad Europea con preferencia a la legislación española en la misma materia. Así se desprende de la sentencia dictada ayer, y de la que fue ponente el magistrado Rafael de Mendizábal en la que se desestima un recurso presentado por la Asociación de Fabricantes de Cigarrillos y Cigarros Canarios contra la orden del ministro de Economía que en febrero de 1987 desarrollaba la devolución de los impuestos indirectos en los envíos y exportaciones desde las islas Canarias, Ceuta y Melilla.
La sentencia recuerda que uno de los factores que provocaron la estructura actual de la imposición indirecta general fue la adhesión de España a la Comunidad Europea.
El texto judicial indica que el derecho comunitario europeo tiene eficacia directa y carácter prevalente en virtud de la cesión parcial de soberanía que supone la adhesión de España a la Comunidad. La consecuencia más elemental de esta eficacia inmediata y directa -señala la sentencia del Tribunal Supremo- consiste en su prevalencia respecto de cualquier otra disposición general interna (incluso con rango de ley) que obstaculice, perturbe o disminuya su aplicación.
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