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España contará con un juez por cada 10.800 habitantes en 1992

La ley de 28 de diciembre de 1988 sobre Demarcación y Planta Judicial, que entró en vigor ayer, crea 105 nuevos partidos judiciales y aumenta la plantilla judicial en 1.437 plazas, que, unidas a las actuales 2.133, eleva el total a 3.570 jueces, lo que significa un juez por cada 10.800 habitantes. La nueva ley, que pretende adaptar la estructura judicial española a la actual distribución de la población, se implantará de forma escalonada, de modo que sus efectos no se aplicarán plenamente hasta finales de 1992. El Gobierno se compromete a elaborar en este período los programas necesarios para financiar la ley.Los 105 nuevos partidos judiciales, unidos a los 317 que hay actualmente en España, hacen un total de 422, número que coincide curiosamente con el existente en 1870, cuando se aprobó la vieja ley provisional sobre Organización del Poder Judicial, que duró más de un siglo. Las comunidades autónomas donde se produce un mayor aumento de partidos judiciales son, obviamente, las más pobladas: Cataluña, Madrid, Andalucía, Comunidad Valenciana, Galicia, Murcia y País Vasco.

La proporción de un juez por cada 10.800 habitantes, prevista para finales de 1992, aproximará España a los parámetros del resto de la Europa occidental. Por lo que se refiere a la proporción de ciudadanos por cada juzgado de primera instancia e instrucción y de lo penal, con la aplicación plena de la nueva ley será de un juzgado por cada 19.000 habitantes. Esta nueva proporción significará a finales de 1992 un gran avance sobre 1988, en que era de 50.958 habitantes por juzgado. En 1980, la proporción era de 73.010 habitantes por juzgado.

Bases para el futuro jurado

La implantación escalonada de los nuevos órganos judiciales hará posible la formación y selección de los nuevos jueces previstos. El preámbulo de la ley estima que con la elevación del número de magistrados en las audiencias provinciales "se sientan las bases para la implantación del Jurado, institución que se desenvuelve en el ámbito de estos tribunales".

La ley crea una Sala de lo Social en la Audiencia Nacional para conocer de los conflictos y convenios colectivos de ámbito superior al autonómico, y órganos unipersonales de ámbito provincial: juzgados de lo Penal y de lo Social (estos últimos sustituirán a las actuales magistraturas de trabajo). Desaparecerán lo juzgados de distrito, que pasarán a juzgados de primera instancia e instrucción. Por su parte, las audiencias provinciales contarán con salas de lo Civil, que desde ayer y en el plazo de un año asumirán plenamente las funciones de las actuales salas de lo Civil de las audiencias territoriales.

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