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Marcos Antonio Blanco Leira

Las multas no son para el dueño, sino para quien conduce el vehículo

Marcos Antonio Blanco Leira es juez. Por eso sabe perfectamente que a ningún delincuente se le condena sin pruebas, y le indigna que una sanción por exceso de velocidad pueda ser impuesta al propietario de un vehículo sin demostrar que éste era el conductor. Defendiendo la tesis de que la Administración no puede actuar con esa prepotencia, ha pleiteado durante cuatro años, dejando de lado el papel de juez y asumiendo el de ciudadano, hasta que el Tribunal Constitucional le ha dado la razón.

Se ha gastado 200.000 pesetas en demostrar que no tiene que pagar una multa de 12.000 impuesta por la Dirección General de Tráfico, ya que el radar de la Guardia Civil detectó el exceso de velocidad de su vehículo, pero no pudo probar quién lo conducía en ese momento.Nació en El Ferrol hace 35 años, pero desde 1964 ha vívido en Andalucía, salvo dos años que ejerció de magistrado en Bilbao. Desde 1987 Marcos Antonio Blanco es titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Córdoba. Cuando no está de guardia, viaja los fines de semana a Sevilla para reunirse con su esposa. Su coche, el que fuera localizado por el radar circulan do a 80 kilómetros por hora donde no se podía superar los 40, tiene 200.000 kilómetros en cuatro años de rodaje.

En su época de estudiante en la facultad de Derecho de Sevilla Blanco Leira era una persona inquieta, con ganas de hacer cosas. Colaboró en El Correo de Andalucía entre 1972 y 1977 con crítica de los ayuntamientos sevillanos. También creó, junto a unos amigos, un centro cultural en Alcalá de Guadaira que servía de tapadera para reunir a políticos como José Rodríguez de la Borbolla, hoy presidente de la Junta de Andalucía, y el andalucista Luis Uruñuela. Blanco se siente plenamente identificado con la línea de Jueces para la Democracia, "pero me siento más libre fuera".

Nunca comprendió, y consideró descabellado, que las multas por exceso de velocidad detectadas por radar fueran dirigidas al propietario del vehículo. Una remitida a él le dio pie para iniciar un pleito que estaba plenamente convencido que ganaría. Así, se reunió con un abogado amigo suyo y comenzaron a recurrir la sanción y a recibir los acuerdos desestimatorios a sus argumentos. Pero no le importó, y, "aunque costara más el collar que el perro", un día viajó desde Bilbao a Sevilla para redactar el recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, que ahora le ha dado la razón, después de cuatro años de pleitos.

Afirma que no se acuerda si él era el conductor de su coche cuando se cometió la infracción. "Además", dice, "la Constitución me reconoce el derecho a mentir, pero advierto que yo no lo he hecho en todo este asunto". Nunca admitió que "la Administración pudiera sancionar a un individuo sin comprobar que éste es el verdadero infractor". Considera que la Dirección General de Tráfico está obligada a realizar una actividad para identificar al conductor, "y me parece una falta de respeto que ahora diga que tratarán de hacerlo. La sentencia sienta upa doctrina que la Administración debe asumir en el futuro".

Pero aparte de este tema que ya ha ganado, le crispa otro sobremanera: la exigencia del pago de la tasa municipal por el servicio de grúa en el momento de retirar el vehículo de las dependencias municipales.

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