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Cartas al director
Opinión de un lector sobre una información publicada por el diario o un hecho noticioso. Dirigidas al director del diario y seleccionadas y editadas por el equipo de opinión

Divorcio y dinero

Quiero referirme a un artículo del diario del pasado martes 15 sobre la necesidad de penalizar al marido divorciado que no paga la pensión fijada. Estoy separado de mi mujer desde hace cuatro años, cuando ella abandonó el domicilio conyugal llevándose a la hija pequeña de 10 años y se fue con otro hombre a vivir en Suiza. Hay cuatro hijos que tienen actualmente 28, 26, 24 y 14 años; esto pasaba el 24 de diciembre de 1984, y por estas fechas estaba en paro por quiebra de la empresa donde trabajaba; en marzo o abril de 1985 se había dictado sentencia a la separación señalando una cantidad, por parte de la juez que era entonces, para la manutención de ambas; más tarde me salió trabajo, y un buen día, sin habérseme requerido para nada y tampoco notificado nada al respecto a mi abogado, se recibe una carta-orden de la juez dirigida al pagador de la empresa donde trabajo para que se me retuviera la cantidad especificada en la sentencia, cosa que se viene haciendo desde entonces, y teniendo en cuenta que las dos viven mantenidas por otro hombre, hecho bien manifiesto y comprobado por todo el mundo, ya que cada año vienen de vacaciones los tres juntos. Hasta aquí yo cumplo mi parte y me pongo en desacuerdo con lo legislado en el artículo 33/1932. La parte actora tendría que cumplir con el régimen de visitas señalado en la sentencia, cosa que no cumple ni ha cumplido nunca.Haciendo una aseveración tan contundente como la que usted hace, ¿cómo es posible que conmigo se haya hecho todo lo contrario? ¿Cómo es posible una retención del sueldo sin requerimiento, sin notificación y yendo directo al pagador? ¿Cómo es que no ha habido nadie que haya hecho cumplir su parte de sentencia, y me refiero al régimen de visitas, a la parte actora? Me he quejado, recurrido, suplicado y todos los ados que hubieran podido solucionar este punto, y nada. Interpuse recurso de apelacíón contra todo eso, el juicio se vio a finales de abril de 1987 y aún no se ha dictado sentencia.

Sé que lo que acabo de exponer es muy resumido, pero sólo quería referirme a las retenciones de sueldo y al régimen de visitas. ¿Comentarios? Muchos, pero no quiero hacer ninguno.- F. Viñals Plaja.

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