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Un error hace ampliar el plazo para alegar sobre las torres de la plaza de Castilla

La comprobación de que no ha existido nunca una sentencia del Tribunal Supremo sobre la edificabilidad de las futuras torres de la plaza de Castilla ha hecho que Gerencia amplíe en un mes el plazo de alegaciones contra el proyecto. El concejal de Urbanismo, Jesús Espelosín, explicó que se había equivocado al citar varias veces la inexistente sentencia como motivo de la construción de 125.000 metros cuadrados en la plaza,aunque explicó que la edificabilidad es legal a todos los efectos. Los terrenos están en la actualidad en manos de una sociedad con mayoría del grupo kuwaití KIO.

Jesús Espelosín reconoció ayer que se había comprobado la inexistencia de la sentencia a raíz de que ésta fuera solicitada varias veces por la asociación, de vecinos de la zona. "Reconozco que me he referido varias veces a esta sentencia del Tribunal Supremo por la que había que construir 125.000 metros cuadrados en la plaza de Castilla", manifestó Espelosín. "Hablé de ella en el pleno, en unas jornadas sobre urbanismo celebradas en Chamartín y en varias entrevistas porque era una información conocida, divulgada en la casa, de curso corriente, pero no contrastada. Sin embargo, cuando la hemos buscado, hemos comprobado que no existe y que me he equivocado".Según explicó el concejal, "ello no significa que no haya que construir 125.000 metros cuadrados", y explicó paso a paso el proceso que ha seguido el expediente, que se inició en 1956, cuando la Comisaría General de Ordenación Urbana permutó unos terrenos que tenía en la plaza de Castilla por otros que tenía la empresa Urbanor en la zona para construir en ellos la estación de Chamartín. A cambio se autorizó en los terrenos de la plaza de Castilla una edificabilidad en metros cúbicos equivalente a 125.000 metros cuadrados.

Esta edificabilidad fue recogida en el Plan General de 1963 y a partir de ese momento se inició un proceso de 20 años durante los cuales fue aprobado el plan parcial de la zona y se modificó el viario.

Consejo de Estado

En 1983 todo se paralizó al decretarse la suspensión de la licencia como consecuencia de haberse aprobado inicialmente el nuevo Plan General, un planeamiento según el cual se reducía la edificabilidad a la mitad. La propietaria, Urbanor, recurrió y aportó un dictamen del Consejo de Estado sobre un caso idéntico en el que se hacía constar que el Ayuntamiento, por tratarse de una edificabilidad adjudicada por la propia Administración al hacer la permuta, sólo podía reducir la edificabilidad mediante la expropiación de los terrenos «a precio comercial".El recurso fue aceptado y el Plan General vigente recogió de nuevo los 125.000 metros cuadrados de edificabilidad, hecho ante el que, según Jesús Espelosín, "sólo ha quedado la posibilidad de hacer el actual planeamiento y de agrupar la edificabilidad en dos torres de 24 pisos que no pueden ser consideradas en absoluto como rascacielos".

"Las alegaciones hasta ahora han sido presentadas por organismos con intereses en la zona, como el Canal de Isabel II, el Metro o Renfe, pero no sobre la edificabilidad, que, aunque no nos gusté, hay que respetar. En caso contrario habría que expropiar, y eso costaría 15.000 millones".

A pesar de este derecho a mantener la edificabilidad, los responsables de urbanismo han decidido ampliar en un mes más el período de información al público ya terminado. Con ello se quiere ver si la supuesta sentencia ha impedido alguna alegación.

En la actualidad, el grupo kuwaití KIO, a través de su sociedad Koolmees Holdings BV, es propietario de estos terrenos, que le fueron vendidos por Construcciones y Contratas (Conycon), poseedora hasta entonces del 56% de Urbanor. La venta le permitió a Conycon comprar el paquete de acciones del Banco Central aportadas a Cartera Central.

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