Anuladas facultades del ejecutivo que limitan la libertad a los extranjeros
El Tribunal Constitucional ha anulado varios preceptos de la ley de extranjería que otorgaban a la Administración facultades limitadoras del ejercicio de derechos y libertades reconocidos por la Constitución a los extranjeros.En concreto, ha declarado inconstitucional la exigencia a los extranjeros de que soliciten del órgano competente autorización para ejercer el derecho de reunión y manifestación, así como la facultad del Consejo de Ministros de suspender las actividades de las asociaciones de extranjeros durante seis meses.
La sentencia del alto tribunal, que resuelve el recurso de inconstitucionalidad presenta do por el Defensor del Pueblo contra la ley orgánica de de julio de 1985, anula también el precepto que impedía a los tribunales suspender las resoluciones administrativas sobre los extranjeros. El Tribunal interpreta otros preceptos de la ley de modo que se asegure el predominio de la decisión judicial frente a los riesgos de arbitrariedad de la Administración.
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