Las opiniones de Entrena
No salgo de mi asombro por las afirmaciones del jurista Ramón Entrena respecto al caso Hugo Sánchez y ante su particular interpretación teleológica sobre "el mantenimiento del vínculo contractual", que, como sabe, es consecuencia del deber de fidelidad o de acatamiento a la palabra dada.Su consideración de los trabajadores del fútbol como esclavos era una boutade. La verdad es que resultaría un espectáculo contemplar la manumisión de los esclavos Hugo Stico y Llorente Sempronio, con mi maestro Alvaro d'Ors oficiando el ceremonial.
Quiero recordar, por otra parte, que el artículo 8 del Estatuto General de la Abogacía establece que abogados lo son únicamente aquellos que aplican la ciencia y la técnica jurídica, y que el artículo 31 de dicho estatuto prohíbe a los mismos el anuncio o difusión de sus servicios, así como emitir dictámenes en periódicos o medios de difusión.-
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