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CONFLICTOS EN TORNO AL ABORTO

El fiscal recurrirá contra las citaciones judiciales

El fiscal jefe de la Audiencia Territorial de Madrid, Fernando Jiménez Lablanca, ha dado instrucciones al fiscal del Juzgado de Instrucción número 14 de Madrid para que recurra contra la decisión de su titular, Carlos Valle, de llamar a declarar a numerosas mujeres relacionadas en historiales clínicos obtenidos en diversos centros médicos. Por otra parte, algunas abogadas estudian la presentación de una demanda civil contra el magistrado, por intromisión en la intimidad de las mujeres afectadas, y la recusación del juez.

El principio jerárquico que informa la actuación profesional de los fiscales -y del que existe un ejemplo reciente en el caso Banca Catalana- ha sido utilizado para ordenar al fiscal que actúa en el juzgado del juez Valle que tome iniciativas en el sentido deseado por sus superiores. En días pasados, el mencionado fiscal, que hasta entonces había dado el visto bueno a la actuación del magistrado, recurrió los autos de prisión contra los cinco médicos acusados de prácticas abortivas.El juez Valle había justificado las órdenes de prisión provisional en una aplicación rigurosa del artículo 503 de la ley de Enjuiciamiento Criminal, reformado por ley orgánica de 26 de diciembre de 1984, según el cual para decretar la prisión provisional será necesario que el delito tenga señalada pena superior a la de prisión menor -de seis meses a seis años- o en atención, entre otros hechos, a la "alarma social que su comisión haya producido". El fiscal ha alegado que ha sido precisamente la actuación judicial la que ha producido verdadera "alarma social".

Siguiendo instrucciones de sus superiores, el fiscal presentará ante el juez Valle en fecha inminente un escrito en el que solicitará que cese en las llamadas a las mujeres cuya identidad ha sido obtenida en los centros médicos cuyos historiales clínicos han sido requisados por orden del magistrado y que, como se está comprobando, en muchos casos no guardan relación con ningún delito.

Fuentes judiciales aseguraron ayer a este periódico que, aunque en principio la actividad investigadora del juez instructor no tiene límites, ante el carácter íntimo de las historias clínicas obtenidas, debería haber sido el propio magistrado quien hubiera decidido no realizar ninguna actuación derivada de las mismas. Estas fuentes señalaron que en la persecución de un delito de lesiones o de imprudencia médica sería legítima la utilización de los historiales clínicos, pero no en casos relacionados con una decisión tan íntima como la de abortar.

Otras fuentes jurídicas resaltaron la poca validez de las actuaciones que realiza el juez Valle, ya que el articulo 11 de la ley orgánica del Poder Judicial -establece taxativamente que "no surtirán efecto las pruebas obtenidas, directa o indirectamente, violentando los derechos o libertades fundamentales". Recordaron que entre estos derechos fundamentales, el articulo 18 de la Constitución garantiza "el derecho a la intimidad personal y familiar".

Algunos abogados estudian, para el caso de que no surtan efecto los recursos presentados, recusar al juez Valle por enemistad manifiesta con las mujeres -al menos con un número considerable de ellas-, lo cual aseguraría que durante unos dos meses no podría continuar ocupándose del caso. En estas fuentes se estima que la medida contribuiría, además, al mejor funcionamiento del juzgado, en el que existían el 30 de junio último 2.657 asuntos pendientes, cifra sólo superada por dos de los 33 juzgados de instrucción de Madrid.

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