Magistratura da la razón a un empleado de Renfe despedido en 1948 por comunista
La Magistratura de Trabajo número 9 de Valencia, en aplicación de la Ley de Amnistía de 1977, ha fallado a favor de Casildo Carrascosa Miguel, ex empleado de RENFE, en la demanda que había presentado contra el Estado y su antigua empresa para que le fueran reconocidos todos sus derechos activos y pasivos. El trabajador fue despedido de RENFE en 1948, tras haber sido juzgado y sentenciado a una pena de cárcel por "asociación comunista ilícita".Casildo Carrascosa ingresó en la empresa ferroviaria el 11 de septiembre de 1943 y adquirió el 1 de diciembre de 1946 la categoría de ayudante calderero. Acusado de ser militante comunista, fue condenado por el Juzgado Militar número 2 de Valencia e ingresado en prisión el 25 de agosto de 1948. Tras ser puesto en libertad provisional dos semanas después, Casildo Carrascosa fue objeto de un expediente que culminó con su despido, tras ser acusado de haberse ausentado de su puesto de trabajo durante varios días, precisamente los mismos que permaneció detenido y encarcelado. En 1950 pidió, sin éxito, la readmisión.
El represaliado presentó el pasado 18 de febrero una demanda contra RENFE y el Estado en solicitud de que le fuera aplicada la ley de Amnistía de 1977 y, en consecuencia, le fueran reconocidos todos sus derechos.
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