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Los directores de las cajas de ahorro 'aseguran' su empleo ante la entrada de socialistas en sus órganos rectores

Diversos directores de las cajas de ahorro españolas tendrían que recibir más de 100 millones de pesetas en caso de perder su empleo, gracias a la renovación de contratos iniciada el pasado mes en estas instituciones. En las entidades pequeñas, los nuevos contratos pueden hipotecar el proceso de cambio en los órganos rectores que se abrirá dentro de unos meses con la ley aprobada por las Cortes el verano último, que potenciará la entrada de personas afines al PSOE. Cajas con cuatro o cinco directivos tendrían que afrontar para modificar su dirección indemnizaciones superiores a los 500 millones.

La renovación de contratos entre el personal de alta dirección de las cajas de ahorro está siendo general, según las fuentes consultadas por este periódico. Para facilitarla, la propia patronal de las cerca de 80 cajas españolas (ACAL) ha difundido entre sus asociados un modelo de contrato.Jurídicamente, el cambio de los contratos o su legalización el caso de que no estuvieran formalizados por escrito ha venido justificado por un reciente decreto que excluye del contenido general del Estatuto de los Trabajadores al personal de alta dirección. Sin embargo, una de las cláusulas del texto propuesto por la patronal protege explícitamente a los directores "en los casos de cambio notable en el contenido y planteamiento de la actividad que viene desarrollando la caja, como consecuencia -o por efecto- de la renovación de sus actuales órganos rectores".

La renovación de órganos rectores en todas las cajas españolas está prevista por la ley de 2 de agosto pasado, que aumentará los porcentajes de representación de las corporaciones locales en las asambleas y consejos de administración, hasta el punto de permitir la mayoría en las cajas de fundación pública. Para las de fundación privada, la ley limita los sistemas de control electoral que ejercían los aparatos de las cajas, generalmente en manos de directores que han desarrollado gran parte de su carrera en dichas entidades.

El director general de una de las cajas donde el consejo de administración aprobó a finales de noviembre cinco de estos contratos ha declarado: "Muchos quisiéramos seguir como estamos y, si no podemos, tener al menos derecho a un empleo digno al cesar en la dirección a raíz del próximo proceso electoral de las cajas". En su caso, uno de los más modestos de los que se tiene noticia, pues lleva pocos años en el cargo, el contrato le garantiza la indemnización de un año de salario (entre 15 y 20 millones de pesetas) por cada cinco años de ejercicio de dicho cargo, así como los derechos laborales que le puedan corresponder en su nuevo destino dentro de la caja.

Modelo de contrato

Sin embargo, en circunstancias en que el director lleve 20 años de servicio y decida marcharse de la caja al ser destituido -opción a la que el contrato le reserva su derecho-, el conjunto de las indemnizaciones puede superar los 100 millones de pesetas. A este respecto, el modelo de contrato enviado a las cajas por la patronal ACAL, presidida por Francisco de la Rosa, director general de la Caja de Ahorros de Ronda, reseña dos indemnizaciones acumulables para casos de desistimiento improcedente, incumplimiento grave y culpable del director general o "falta de adaptación a las modificaciones de cualquier género operadas en el puesto de trabajo del director general". Estas indemnizaciones, que alguna caja ha mejorado respecto al proyecto de ACAL, son:- Por una parte, y en su calidad de jefe de primera, el director general debe ser indemnizado como cualquier trabajador, según el artículo 56 del Estatuto de los Trabajadores: 45 días de salario por año de servicio.

- Además debe recibir, como personal de alta dirección, "una indemnización que, aquí se pacta, consistente en el importe de una anualidad de lo últimamente percibido por cada cinco años en la empresa". En casos de 20 años de antigüedad supone unos 60 millones de pesetas (en las cajas el personal tiene 18 pagas y media cada año).

- Adicionalmente, si el director general decide extinguir totalmente su vínculo laboral y ha superado la edad de 60 años, "podrá extinguir su contrato por jubilación con derecho a la indemnización prevista en el punto 1 de esta cláusula (la que regula las dos indemnizaciones anteriores), por cese en el cargo de director general, y con derecho al complemento de pensión de jubilación hasta el ciento por ciento de sus haberes activos, computando, a los efectos de determinación de estos últimos, los globalmente percibidos por todos los conceptos en el momento anterior a su jubilación".

Al tener noticias de que se proyectaban estos contratos, la Federación de Banca de CC OO envió cartas para pedir que se investigara el asunto al gobernador del Banco de España, Mariano Rubio, y al secretario de Estado de Economía, Miguel Ángel Fernández Ordóñez. Fuentes de este sindicato han informado que no han recibido respuesta.

Mariano Rubio ha mostrado últimamente en varias ocasiones a los responsables de las cajas de ahorro la preocupación del Banco de España por el aumento de los gastos de personal en dichas entidades. Una de las respuestas de éstos ha consistido en el proyecto de renegociar los complementos de pensiones públicas, con el fin de que los empleados que se jubilen reciban hastael total de su último sueldo.

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