Un tribunal suspende tres sanciones del director de la Policía al sindicalista Modesto García
La Audiencia Territorial de Madrid ha acordado suspender tres sanciones impuestas por el director general de la Policía, Rafael del Río, al inspector de Policía y ex secretario general de la Unión Sindical de Policías (USP), Modesto García, por un total de tres años y 21 días de suspensión de funciones y 12 días de pérdida de remuneraciones. Las sanciones fueron impuestas por una falta muy grave de "manifiesta insubordinación individual" y dos faltas graves de crítica o disconformidad respecto a las decisiones de los superiores.
Tanto la Dirección General de la Policía como el ministerio fiscal y el abogado del Estado se opusieron a la suspensión de las tres sanciones. En defensa de esta posición alegaron que la suspensión "produciría un grave deterioro de la disciplina que debe presidir la actuación y normas de conducta de los funcionarios del Cuerpo Superior de Policía". Por su parte, Modesto García razonó que, de no paralizarse la ejecución de las sanciones, "continuarían produciéndose graves daños y perjuicios", decía, "de imposible reparación para mis intereses y derechos".
La Sala Cuarta de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Territorial de Madrid, integrada por los magistrados Jaime Rouanet -presidente-, Julián Serrano Puértolas y José María Álvarez-Cienfuegos, aceptó la tesis del recurrente y acordó suspender las sanciones, mientras se tramitan los recursos contra ellas. En los tres autos dictados, la sala acuerda decretar la suspensión de la ejecución de las sanciones y fundamenta estas decisiones en la "imperiosa necesidad (e incluso, la conveniencia) de la suspensión solicitada", dados los perjuicios que su ejecución podrían producir al recurrente, "sin que, por el contrario, se perturbe o altere, con tal suspensión", dice, "el interés público".
Tres años y un día
La sanción de tres años y un día de suspensión de funciones, por falta muy grave de "manifiesta insubordinación individual", fue impuesta el 12 de julio de 1985 por el director general de la Policía, Rafael del Río, por entender que Modesto García no cumplimentó una resolución de 14 de enero de 1985 por la que se le ordenaba cesar en la situación de "a las órdenes directas" del director general, ni la de pasar a prestar servicio en la comisaría de Carabanchel.Una reciente sentencia del Tribunal Constitucional amparó a García en su derecho a continuar liberado de servicio por sus actividades sindicales y anuló la sentencia en la que se fundamentaba la orden de Rafael del Río.
Una segunda sanción, consistente en la pérdida de 12 días de remuneraciones, fue impuesta por el director general de la Policía por unas declaraciones radiofónicas de Modesto García en relación con la detención del dirigente sindical policial Manuel Novás. Una de ellas se refería a que el ministro del Interior, "está desinformado de muchas cosas que pasan en este país o sabe lo que quiere saber", expresiones estimadas por Del Río, como "claramente irrespetuosas para el señor ministro" y por Modesto García como consecuencia de un ejercicio moderado de la libertad de expresión.
Por último, la sanción de 20 días de suspensión firme de funciones -impuesta a Modesto García, así como al subcomisario Antonio Castilla y al policía Miguel Gómez Morales- fue impuesta por Rafael Del Río por unas declaraciones en los periódicos Diario de Granada e Ideal, sobre determinadas "anomalias y tratos de favor en la adjudicación de destinos", con referencias concretas al traslado de la esposa del Jefe Superior de Policía de Granada. Respecto a esta última sanción, la Audiencia Territorial de Granada ha suspendido también la ejecución de las sanciones en lo que se refiere a Castilla y Gómez Morales.
Contra los autos de la Audiencia Territorial de Madrid y de la de Granada, la Dirección General de la Policía puede interponer un recurso de apelación ante el Tribunal Supremo.
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