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Una empresa de aislamientos, declarada culpable por los efectos nocivos de la urea-formaldehído

María Luisa Aparicio, magistrada del Juzgado de Instrucción número 8 de Madrid, ha confirmado la sentencia dictada por el Juzgado de Distrito número 15 por la que se condenaba a los responsables de la Compañía Industrial de Aislamientos, SA (CIASA), por la utilización de espuma de urea-formaldehído en el aislamiento de la vivienda de Antonio Navarro, como consecuencia de la cual sus habitantes sufrieron diversas perturbaciones en su salud.La sentencia condena a los tres representantes de CIASA, como autores de una falta contra el régimen de poblaciones, a multas de 5.000 pesetas a cada uno, al pago de las costas procesales y a indemnizar con 375.000 pesetas al perjudicado.

CIASA realizó el 1 de junio de 1982 un trabajo de aislamiento en el domicilio de Antonio Navarro, que consistió en inyectar espuma de urea-formaldehído en la cámara de aire existente entre las paredes de la vivienda. A partir de ese momento, los habitantes de la casa comenzaron a sufrir diversas anomalías de tipo dermatológico, ocular y respiratorio.

Una comisión del Ministerio de Sanidad y Consumo realizó un reconocimiento el 7 de junio de 1983, es decir, un año después de la instalación del aislamiento.

El resultado del reconocimiento fue que en el aire de la casa existían 743 microgramos por metro cúbico de formaldehído. Esa cantidad, según la sentencia, supera los valores higiénicamente admisibles.

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