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La Audiencia Provincial revoca la orden que privó de calefacción a 5.000 vecinos de Los Sauces

La central térmica de la urbanización Los Sauces, de Aluche, volverá a funcionar en breve, después de que la Audiencia Provincial haya ordenado alzar la suspensión de las obras dictada a finales del pasado mes de diciembre por el Juzgado de Primera Instancia número 14. El interdicto judicial solicitado por la comunidad de la calle de Tembleque, 122, sobre cuya fachada posterior se levanta la chimenea de la central térmica del barrio, ha impedido que los 5.000 habitantes de la urbanización disfruten desde entonces de calefacción, con la consiguiente protesta del vecindario, que se ha concentrado diariamente a lo largo de dos meses delante de la finca cuyos vecinos pidieron la suspensión de las obras.El conflicto vecinal comenzó en 1982, cuando la chimenea de la central térmica, adosada a la estructura de la finca número 122 de la calle de Tembleque, provocó vibraciones, escapes de fueloil y grietas en las viviendas. A la protesta de los vecinos de ese bloque siguió su decisión de no pagar los recibos por calefacción, lo que motivó un corte del suministro durante unos días y una demanda del resto de las comunidades por impago contra los ocupantes del bloque 122 de la calle de Tembleque. Los vecinos de esta finca, a su vez, demandaron al resto de las comunidades por considerar que el inmueble no tenía servidumbre de chimenea, al tiempo que solicitaban su desaparición.

Posteriormente, y a petición de los vecinos del bloque afectado, la Delegación Provincial de Industria y el Ayuntamiento de Madrid realizaron inspecciones en la finca y confirmaron que la chimenea no era adecuada.

En marzo de 1983, en una reunión a la que asistieron representantes de las 40 comunidades de la urbanización, se decidió construir dos nuevas chimeneas metálicas sobre la antigua. Las obras se realizaron como estaba previsto, y el 21 de diciembre del pasado año, a petición de la comunidad de Tembleque, 122, el titular del Juzgado de Primera Instancia número 14 dictaba un interdicto de obra nueva paralizando la construcción.

La sentencia dictada ahora por la Audiencia Provincial considera que la obra realizada era nueva, pero que su paralización no va a evitar dificultades de paso en una zona de acera ni va a conseguir mejora del efecto estético, hechos que la comunidad afectada considera lesivos. Por otra parte, según los considerandos de la sentencia la calefacción puede ser puesta en marcha tras cuatro horas de trabajos. Por ello, la Audiencia considera concluida la obra e indica que carece de objeto el interdicto, al tiempo que señala que las obras se hicieron en cumplimiento de un deber impuesto por Industria.

Según informó un representante de la coordinadora de las otras comunidades, en el momento en que se tenga el permiso se dará la calefacción a la urbanización, después de un invierno sin poder utilizarla.

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