RTVE no aceptará publicidad con contenido filosófico, político o religioso
El Boletín Oficial del Estado publica ayer una resolución de la Dirección General de Medios de Comunicación Social por la que se hacen públicas las normas de admisión de publicidad aprobadas en el Consejo de Administración del Ente Público Radiotelevisión Española. Entre otras normas, la resolución señala que no se admitirá publicidad relativa a la difusión de ideas de contenido filosófico, político o religioso en los medios dependientes de Radiotelevisión Española
Los anuncios no podrán contener publicidad directa o encubierta de productos distintos a aquel para el que fue contratado el espacio, y deberán ser claros en su formulación y evitar deformaciones. No se aceptará la publicidad subliminal.Los textos de los anuncios deberán ser correctamente redactados y se evitarán palabras soeces o groseras. También quedarán rechazados aquellos anuncios que inciten a la violencia o apelen a la superstición. Tampoco se admitirá publicidad que pueda incitar a la crueldad o al mal trato a los animales y a la destrucción de la naturaleza.
La publicidad en Radiotelevisión Española no podrá contener juegos de azar, rifas u ofertas de cualquier premio o regalo de valor significativo.
Los testimonios contenidos en los anuncios deberán ser auténticos, por lo que habrá que aportar pruebas de su formulación en fecha y lugar.
Los anuncios que discriminen a la persona humana no serán admitidos cuando ésta quede reducida a un papel de sumisión, pasividad o inferioridad respecto al otro sexo, a mero objeto erótico o cualquier otra situación degradante. Los anuncios que presenten vehículos de motor no ofrecerán incitación a la velocidad excesiva o a la conducción temeraria.
Los anuncios dirigidos a niños deberán inspirar la acción creadora y el fomento de sentimientos estéticos y de sociabilidad, por lo que no contendrán afirmaciones o imágenes que puedan resultar nocivas mental, moral o físicamente al niño. Ni el texto ni la imagen del anuncio deberán efectuar apelaciones directas al niño para que compre o pida a sus padres u otras personas que compren el producto anunciado.
Los anuncios de juguetes que exalten el belicismo o la violencia no serán admitidos, ni aquellos que reproduzcan la escenificación activa de ambientes bélicos.
Los bloques publicitarios en Televisión se emitirán entre programas y su tiempo diario no excederá la relación de ocho minutos por cada 60 minutos de emisión; en cualquier caso, la publicidad no superará el 30% de la programación. La duración mínima de un anuncio en Televisión será de 20 segundos. Los anuncios de bebidas alcohólicas, tabacos y accesorios para el fumador no podrán ser emitidos antes de las 21.30 horas.
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