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La falta de información oficial sobre las empresas de Rumasa radicaliza las reclamaciones de sus accionistas minoritarios

La nula información sobre la situación real de las empresas de Rumasa ha radicalizado las reclamaciones de los accionistas minoritarios de cara a la prometida indemnización. Entre los representantes del accionariado de las dos mayores sociedades del grupo, Galerías Preciados y Banco Atlántico, que reunían más de 60.000 pequeños propietarios, sobre un total de 100.000 para todo el grupo, se ha hablado ya de promover una asociación de afectados para presionar con mayor fuerza ante la Administración. Los ahorradores que invirtieron en títulos de Galerías han acordado pedir, con más desesperanza que convicción, 843,75 pesetas por cada una de sus acciones, cotizadas en Bolsa a menos de 120 pesetas días antes de la expropiación.

Las gestiones para constituir una asociación de afectados, nucleada en torno a los accionistas expropiados de Galerías Preciados (unos 40.000) y del Banco Atlántico (más de 20.000), se han mantenido hasta ahora reservadas. Fuentes del accionariado han reconocido que se trata más de un posible argumento ante la Administración que de un proyecto con posibilidades de prosperar, debido a que muchos pequeños ahorradores lo que desean es recibir la indemnización cuanto antes y, en cualquier caso, no efectuar desembolsos adicionales.Desde la Administración se observan con recelo estos movimientos. Uno de los principales temores detectados es que podrían ser instrumentados por personas próximas a Ruiz-Mateos. En el mundo bancario ya hubo precedentes de este tipo. Los más sobresalientes han sido en los casos de la quiebra del Banco de Navarra -cuya asociación fue asesorada por el actual representante jurídico del fundador de Rumasa, Crispín de Vicente- y el más reciente de la suspensión de pagos del Banco de los Pirineos. Ambas son las entidades que, junto a Rumasa, han tenido soluciones más atípicas a su crisis.

Fuentes de la Administración han recordado que tales asociaciones serían inútiles y quizá contraproducentes, pues la disposición expropiadora ya señalaba entre sus objetivos el "respeto mas absoluto de los derechos de los accionistas", así como un procedimiento plagado de garantías para conseguirlo. Aparte de tales garantías, los actuales administradores de Rumasa han insinuado a los representantes de los accionistas el propósito de devolver las, acciones a todo aquel que lo desee mucho antes incluso de llegar a un acuerdo sobre la indemnización o justiprecio.

Pero lo cierto es que este proyecto, albergado por la Dirección General del Patrimonio desde antes del verano, todavía no se ha concretado. Asimismo, en la asamblea general de la comunidad de socios de Galerías (el decreto-ley les llamaba accionistas y en la ley han quedado como socios) se informó de la total resistencia de los responsables de la empresa a facilitarles datos sobre la situación real de la misma, pese a que el director general del Patrimonio del Estado, Javier Moral, les remitió a ellos. Dicha negativa ha dado origen a un requerimiento notarial.

Elevadas indemnizaciones

Precisamente la carencia de datos ha empujado a los socios expropiados de la mayor empresa de Rumasa al acuerdo de pedir 843,7 pesetas por acción, lo que supone una cotización del 168,75% sobre el nominal de cada título (500 pesetas), cuando en Bolsa se cotizaban al 23% durante los días anteriores a la expropiación. El propio presidente de esta comunidad, Jesús María Agurruza, agente bursátil e inspector financiero y tributario, advirtió a la asamblea general del pasado lunes que ningún accionista debía expresar su deseo de ceder sus títulos a valores inferiores. Dijo que ése era el valor contable que se desprende de las dos últimas memorias anuales de la sociedad, incluso después de suprimir sobrevaloraciones, por lo que sólo sería revisado en caso de que los responsables de Galerías accedan a proporcionarles información.

Hay tres formas de fijar la indemnización por la ley de expropiación de 1954: promedio de cotización en los dos últimos años (36% para Galerías), capitalización del beneficio promedio en los tres ejercicios finales (cero pesetas en Galerías) y dividir por el número de acciones la diferencia entre la valoración contable de los bienes y el total de las deudas. Los accionistas de la segunda empresa española de grandes almacenes han elegido la última, que es la propiciada por la disposición expropiadora. Pero, si bien el decreto-ley y la ley prevén el ajuste de los valores contables a los reales, con los criterios comerciales más usuales, la segunda disposición no recoge la posibilidad de que se incluya el valor del fondo de comercio (el precio del nombre de la sociedad).

Si no hay acuerdo en los dos o tres próximos meses entre las reclamaciones que formulen los accionistas de las empresas expropiadas y las propuestas de la Administración, la indemnización deberá fijarla dentro del plazo de otros seis meses el Jurado Provincial de Expropiación de Madrid. Luego, el Estado dispone para pagar de tres meses más, aunque deberá añadir un interés del 8%. desde el 23 de febrero pasado, perspectiva que no satisface tampoco a los afectados.

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