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El Tribunal Constitucional busca el consenso para dictar sentencia en el 'caso Rumasa'

El Tribunal Constitucional, presidido por Manuel García Pelayo, comenzó su reunión plenaria en la mañana de ayer, dedicada a deliberar y votar la sentencia sobre el recurso previo de inconstitucionalidad interpuesto por el Grupo Popular contra el decreto-ley de expropiación de Rumasa, de 23 de febrero de este año. Aunque no ha trascendido el contenido del debate, fuentes jurídicas señalaban que existían claras divergencias entre los distintos puntos de vista de los magistrados. El ministro de Economía, Miguel Boyer, declaró anoche durante una cena que la decisión ya había sido tomada y se conocería en las próximas horas.

Los 12 miembros del Tribunal Constitucional, encargados de interpretar la Constitución, tendrían que aproximar sus posiciones, según las mismas fuentes citadas, si quieren dictar una sentencia unánime o que sufriera, al menos, el menor número posible de votos particulares, tanto si es favorable como si es contraria al Gobierno. Las discusiones en el seno del tribunal podrían prolongarse, a partir de ayer, hasta los 10 días hábiles de plazo legal para dictar sentencia, pero este lapso puede ampliarse a 30 días si los magistrados lo consideran conveniente.El Real Decreto-Ley 2/83, de 23 de febrero, llamado "de expropiación de los bancos y otras sociedades que componen el grupo Rumasa", expone, en su artículo 1, las razones por las que el Gobierno decide, "por utilidad pública e interés social", la expropiación del holding de José María Ruiz-Mateos. Los puntos que han suscita do mayor controversia entre los magistrados son, al parecer, los que se centran en esta última cuestión, según algunos medios jurídicos cercanos a la oposición.

Otros medios, por el contrario, consideran.que el fallo podría declarar constitucional la expropiación por decreto-ley, atendiendo a las extraordinarias características de urgencia y a la magnitud del caso, es decir, aceptaría como bueno el artículo 1 del decreto-ley -lo que podría interpretarse como una victoria política del Gobierno-, pero, al mismo tiempo, en sentencia ecléctica, podría rechazar otros artículos por inconstitucionales.

Lo que parecía claro ayer es que no se daba la unanimidad entre los 12 magistrados, quienes tratarían de alcanzar una fórmula intermedia aue reduiera o evitara los votos reservados o particulares razonados.

El debate de fondo parece estar planteado en dos opciones abiertas. Una opción en frío podría basarse en un entendimiento estrictamente Jurídico, con lo que el tribunal podría inclinarse en contra del Gobierno, ya que puede aducir falta de datos para determinar si realmente se daban las circunstancias de utilidad pública o interés social suficientes que permitieran al Gobierno hacer uso de la vía del decreto-ley, afectando así al derecho de propiedad recogido en el título primero de la Constitución.

Una segunda opción, favorable al Gobierno, tendría que interpretar la Constitución más en su espíritu que en su letra, y crear Derecho en caliente, es decir, en el momenio presente, sopesando el vacio legal con que se encontró el Gobierno para hacer frente a un previsible desastre económico, lo que podría permitir a éste una cierta interpretación más amplia y con carácter de nrgencia de la Constitución.

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