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Recurso contra la denegación de quiebra necesaria del Banco de los Pirineos

Andreu Missé

EnriqueMorera Guajardo, abogado y secretario de la comisión de afectados del Banco de los Pirineos, expuso ayer ante la Sección Segunda de lo Civil de la Audiencia Territorial de Barcelona los argumentos jurídicos que contiene el recurso presentado contra la denegación de quiebra necesaria, dictada por el Juzgado de Prímera Instancia número 7 de Barcelona.

La solicitud de quiebra necesaria había sido presentada por la acreedora del banco, Montserrat Vila, el pasado día 29 de abril, justamente al día siguiente de que finalizase el plazo para que los acreedores presentasen su adhesión al convenio de suspensión de pagos. La quiebra necesaria se presentó una vez se tuvo conocimiento de que los acreedores mayoritarios, el Banco de España y el Fondo de Garantía de Depósitos, con créditos de 838 y 2.706 millones de pesetas, respectivamente, se habían opuesto al convenio. No obstante, el juez no aceptó la solicitud, alegando que aún no se había dictado el auto que daba porterminado el expediente de suspensión de pagos.Según fuentes de la comisión de afectados, el juez no aceptó la solicitud de quiebra necesaria, presentada por los perjudicados, alegando que aún no conocía el resultado de la votación de adhesión o rechazo al convenio de acreedores. Los representantes de los afectados han mostrado su sorpresa por la resolución judicial.

Para los afectados resultó más sorprendente, todavía, la posterior decisión judicial que aceptaba la quiebra voluntaria presentada inmediatamente después por los propios representantes del Banco de los Pirineós. Sin duda, existe una diferencia jurídica sustancial entre los efectos que se derivan del procedimiento de quiebra voluntaria presentado por la propia entidad y el de quiebra necesaria presentado por los acreedores.

La diferencia es especialmente relevante en la forma en que se elabora la pieza quinta de la quiebra, destinada específicamente a establecer las posibles responsabilidades criminales de los causantes del percance económico. En este caso los afectados señalan que para los abogados del banco, y citan a Joan Piqué Vidal y José Luis Gomariz Verdú, también existía un interés adicional en que se aprobase el camino de la quiebra voluntaria.

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