El Gobierno considera "disparatado" retirar de las Cortes la LOAPA porque sigue considerando válido su contenido
El Gobierno no retirará de las Cortes la Ley Orgánica de Armonización del Proceso Autonómico (LOAPA) decisión que considera "disparatada", y pretende publicarla cuanto antes y sin modificaciones -excepción hecha de los artículos impugnados por el Tribunal Constitucional- en el Boletín Oficial del Estado, según afirmó ayer el ministro de Administración Territorial Tomás de la Quadra. En una conferencia de prensa, el ministro manifestó que en la sentencia del Tribunal Constitucional se había declarado la inconstitucionalidad formal de la mayor parte de los artículos impugnados, pero sin entrar a decidir si era o no constitucional el fondo de los mismos, "por lo que", en su opinión, la ley es constitucional en su contenido".
El Gobierno y los partidos nacionalistas han reaccionado rápidamente a la sentencia del Tribunal Constitucional sobre la LOAPA. La consideración de que dicha ley no es ni "orgánica" ni "armonizadora", llevó ayer al ministro de Administración Territorial, Tomás de la Quadra, a denominar a esta ley como LPA, en una conferencia de prensa que ofreció para fijar la posición gubernamental, basada en que la sentencia no ha entrado en el fondo de la filosofía de la ley, y que ésta es, por tanto, válida. El presidente de la Generalitat, Jordi Pujol, tras mostrar su alegría por el fallo, se ofreció a negociar con el presidente del Gobierno, Felipe González, la política que a partir de ahora debe llevarse a cabo con las autonomías. Esta misma disposición al diálogo con el Gobierno central fue expuesta por el lendakari vasco, Carlos Garaikoetxea, quien mostró su satisfacción por la sentencia, que, dijo, "ha confirmado las tesis nacionalistas vascas".Tomás de la Quadra afirmó que en el articulado no impugnado por el Tribunal -que denominó varias veces LPA- se mantiene intacto el modelo autonómico del proyecto de ley y que en forma de norma básica, "vinculará a todas las comunidades autónomas". En su comparecencia ante los medios de comunicación, el ministro hizo primero, en nombre del Gobierno, una declaración política a partir de la sentencia del Tribunal Constitucional "que aceptamos", dijo, "acatamos, cumpliremos y haremos cumplir". Expresó Tomás de la Quadra la "valoración positiva" que el ejecutivo sigue haciendo de la política autonómica, que se inició en los pactos firmados en julio de 1981, y manifestó su confianza en que la sentencia "pacifique y clarifique de una vez para siempre el tema de la LOAPA, que ha dado lugar a controversias basadas, en una gran parte, en malentendidos, intencionados o no".Especial énfasis puso el ministro al anunciar que el Gobierno no está dispuesto a retirar lo que queda de la LOAPA de las Cortes, ni iniciará un nuevo debate parlamentario, ni unos nuevos pactos con fuerzas políticas para modificar la ley. "Nada sería más disparatado que hacerlo", señaló. "Sería improcedente reabrir negociaciones que, de nuevo, puedan crear incertidumbre sobre cuál es el diseño y el futuro del estado de las autonomías. Ya hay ley. Queremos que se publique cuanto antes en el Boletín Oficial del Estado la parte de la ley que subsiste, ya que ha pasado el control de constitucionalidad en el propio Tribunal Constitucional".
En el curso de la declaración política inicial, el ministro afirmó que el Gobierno entiende que tras la sentencia del Tribunal Constitucional, el modelo autonómico contenido en la LOAPA "permanece prácticamente intacto". "El modelo autonómico", matizó Tomás de la Quadra, "es el que está recogido en la Constitución, los estatutos y en la parte no de la ley declarada inconstitucional, que es una norma plenamente constitucional y por tanto tiene que seguir adelante hasta su publicación en el BOE".
Otra interpretación de la sentencia
Tras la declaración política del Gobierno, el ministro de Administración Territorial hizo un profundo y detallado análisis -que resultó a veces excesivamente técnico- sobre la sentencia del Tribunal Constitucional que, dijo, "no ha sido rectamente interpretada por las fuerzas políticas, que se han precipitado en sus comentarios". En este sentido, Tomás de la Quadra manifestó que de los 14 artículos de la ley impugnados por el Tribunal Constitucional, únicamente un apartado de uno de ellos -el 32- ha sido declarado inconstitucional por razones de fondo. "El resto", añadió, "han sido declarados inconstitucionales por razones formales o competenciales".
Con los folios de la sentencia en la mano, el ministro señaló en tomo al Titulo I -8 de los 10 artículos que lo integran han sido considerados inconstitucionales por el Tribunal- "que en la sentencia no se dice que sea inconstitucional porque la doctrina o el modelo autonónúco que contiene sea contrario a la Constitución, sino que una ley del Estado o de las comunidades autónomas no puede interpretar la Constitución, porque esa es una función reservada al Tribunal Constitucional. El Tribunal Constitucional no ha entrado en ningún momento a pronunciarse sobre si el fondo de los artículos 1, 2, 3, 4 y otros impugnados es constitucional o no. Incide en un tema previo: se pregunta si una ley puede interpretar o no la Constitución, y decide que no".
Para reforzar esta apreciación, el ministro leyó, como ejemplo, varios apartados de la sentencia referidos al Titulo I, en el que se establece el deslinde de competencias del Estado y de las comunidades autónomas. En uno de ellos se afirma que "...es claro que el sistema constitucional de distribución de competencias entre los distintos órganos constitucionales limita también las posibilidades de las Cortes Generales en el ejercicio de su función legislativa. Teniendo en cuenta lo anteriormente expuesto, habrá que analizar si en alguno de los preceptos contenidos en el proyecto, el legislador ha sobrepasado los límites impuestos a su potestad legislativa, pues en este caso tales preceptos resultan inconstitucionales cualquiera que sea su contenido material".
Con respecto a la redacción del artículo 2 de la LOAPA, se dice en otro de los párrafos de la sentencia leídos por el ministro: "En este caso el legislador se coloca indebidamente en el lugar que corresponde al poder constituyente y al Tribunal Constitucional, por lo que es irrelevante a este respecto que el contenido del artículo 2 del proyecto reproduzca o no con exactitud la doctrina del Tribunal Constitucional...".
Leyó también el ministro otro apartado de la sentencia referido al artículo 4, que se ha impugnado, en el que se afirma: "Estima el abogado del Estado que las partes recurrentes otorgan a este precepto un significado y alcance que no tiene, ya que, en su opinión, sólo pretende precisar la interpretación que debe darse al mencionado artículo de la Constitución ante el uso abusivo del adjetivo exclusivo en los estatutos de autonomía. Pero es precisamente esta finalidad lo que lo convierte en inconstitucional, por las mismas razones que se han aducido en relación con el artículo anterior. Conclusión que, dado su fundamento, no supone valoración alguna de su contenido material".
"Vincula a todas las autonomías"
Respecto a este artículo, Tomás de la Quadra indicó que la polémica suscitada en tomo a si debe existir una prevalencia o no del derecho del Estado sobre el de las comunidades autónomas en el desarrollo de las materias exclusivas, que la Constitución y los estatutos confieren a uno y otras, no ha sido, aclarada por el Tribunal. "Afirmo categóricamente que ese tema ha quedado sin solución en la sentencia. El Tribunal no ha dicho que sea inconstitucional esa prevalencia de la legislación del Estado, que se establece en la LOAPA. únicamente ha dicho que esa cuestión no puede interpretarla en una ley como la LOAPA".
Manifestó luego el ministro que "para la recta inteligencia de la sentencia", hay que tener en cuenta que la pérdida del rango de orgánica y armonizadora de la ley "no le priva de efectos y vincula también a todas -repitió varias veces el todas- las comunidades, autónomas". Al hacer referencia a este extremo de la sentencia, Tomás de la Quadra leyó un apartado del penúltimo folio de la misma en el que el Tribunal Constitucional afirma: "Es de señalar, finalmente, que la falta de carácter orgánico y armonizador del proyecto no implica la inconstitucionalidad material de su contenido, como revela el examen de su articulado". "La ley", comentó acto seguido el ministro, "es, pues, constitucional en su contenido".
Por lo que respecta a la supresión de la práctica totalidad del Título I de la LOAPA, el más conflictivo, Tomás de la Quadra manifestó que al Gobierno "no le preocupa que haya quedado inservible como instrumento que ofrecía para interpretar la Constitución". "De alguna forma", matizó, "precisamente sobre esa doctrina o modelo autonómico que se contenía en el Título I, a lo largo de estos años transcurridos desde que se firmaron los pactos, ya el Tribunal Constitucional se ha pronunciado. Y hay que decir que se ha pronunciado en muchos de los artículos, en otros no, en sentido similar al que se contiene en el Título I". Con respecto a varios artículos de la LOAPA -y citó el 1, 2, 3, y 7- el ministro afirmó "que nos da ya lo mismo seguir el modelo del Título I de la LOAPA, que seguir anteriores sentencias del Tribunal Constitucional. En ese sentido indicó el ministro que sobre aspectos fundamentales que se recogían el Título I, el Gobierno se guiará en adelante por las sentencias que sobre aquéllos ha dictado ya el Tribunal Constitucional, "que ha dicho algo semejante a lo que latía en los mismos".
"No estoy dispuesto a dimitir", afirma el ministro
"Sigue en pie la oferta de diálogo sobre el desarrollo del artículo 149 de la Constitución -referido a las competencias del Estado y de las comunidades autónomas- que hizo en su discurso de investidura Felipe González. Cosa muy distinta sería abrir ahora una nueva negociación global para hacer una nueva LOAPA", afirmó Tomás de la Quadra al referirse a la oportunidad de que, tras la sentencia del Tribunal Constitucional, se inicien negociaciones autonómicas con los partidos nacionalistas. "Yo no pienso dimitir", dijo escuetamente el ministro en respuesta a un informador que le transmitía declaraciones de políticos que piden su cese.Sobre el apartado de la sentencia en la que el Tribunal estima que únicamente él puede interpretar la Constitución, Tomás de la Quadra prefirió no desvelar su opinión como jurista, pero indicó "que ese juicio va a suscitar una enorme polémica en los medios jurídicos".
Manifestó el ministro que sería deseable que el resultado de la sentencia desactive los recelos y las tensiones que se han producido entre los ejecutivos vasco y catalán y el Gobierno Central. "Esos recelos no existían por parte del Gobierno y sí en las comunidades autónomas. Ahora bien, me temo que las razones de esos recelos y diferencias no tienen su origen ni motivo en la LOAPA, por lo que pueden subsistir en adelante".
Tomás de la Quadra sostuvo que la sentencia del Tribunal Constitucional sobre la LOAPA no debe inducir "por el momento" a una reforma del Título VIII de la Constitución, extremo que reclama Alianza Popular. "Los instrumentos de coordinación autonómica, el modelo de Estado de las autonomías sigue manteniéndose en la Constitución, los estatutos y la LPA".
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