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El juez decreta la busca y captura de José María Ruiz-Mateos

El juez de Delitos Monetarios, Luis Lerga Gonzálvez, ordenó ayer de oficio la detención de José María Ruiz-Mateos, basándose en lo dispuesto en el artículo 487 y concordantes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, por no haber comparecido a declarar. Tal decisión fue comunicada al director general de la Policía para que proceda a la busca y captura de Ruiz-Mateos y sea puesto a disposición del juzgado, según informa Efe. Los abogados del ex presidente de Rumasa, que se personaron el juzgado, a las 11.30 de la mañana, con un escrito en el que explicaban las razones de la no comparecencia de su defendido, no habían recibido notificación alguna, a las nueve de la noche, sobre la decisión del juez.José María Ruiz-Mateos fue citado a declarar el pasado 5 de mayo. Sus abogados justificaron entonces su no comparecencia a través de un escrito en el que, según medios jurídicos, señalaban que no podía declarar por encontrarse ausente de España para defender sus intereses en otros países como consecuencia de las acciones judiciales interpuestas contra él por el propio Gobierno español.

El juez citó de nuevo a Ruiz-Mateos para que prestara declaración ayer, día 10, a las 11.30 de la mañana. En lugar del declarante se personaron en el juzgado el procurador Francisco de Guinea y Gauna y dos abogados de la defensa de Ruiz-Mateos, los profesores Horacio Oliva García, decano de la Facultad de Derecho de la Universidad Complutense, y Gonzalo Rodríguez Mourullo, catedrático de Derecho Penal de la Autónoma de Madrid, quienes entregaron el escrito de justificación de la ausencia de su defendido, así como documentos acreditando que era esencial la permanencia de Ruiz-Mateos en Londres, según certificados de abogados británicos.

Proseguirá la investigación

El escrito de personación recogía, según medios jurídicos solventes, una súplica al juez para que lo admitiera y ordenara, por medio del auxilio judicial internacional, que la declaración fuera prestada en su actual residencia de Londres.Por su parte, los fiscales Fernando Giménez Lablanca y José Julián Hernández Guijarro, designados especialmente para este caso, manifestaron ayer a Efe que "aunque es previsible que la orden de detención resulte ineficaz por hallarse el querellado en territorio extranjero, como es de conocimiento público, la investigación sumarial proseguirá hasta el procesamiento, si el resultado de las diligencias practicadas así lo impone. Si la incomparecencia se produjera nuevamente al ser citado Ruiz-Mateos para prestar declaración indagatoria, después del procesamiento, procedería la declaración de rebeldía".

Auto de detención

Los fiscales añadieron que "en todo caso, la incomparecencia de José María Ruiz-Mateos no ha supuesto interrupción de las investigaciones e instrucción sumarial, que sigue el curso previsto". Sobre la posibilidad de pedir la extradición de Ruiz-Mateos al Reino Unido, el ministro de Justicia, Fernando Ledesma, manifestó recientemente a Efe que, técnicamente, es posible al aplicar el principio de reciprocidad entre ambos países.El auto de detención, dictado ayer por el juez Luis Lerga, dice, según Europa Press, lo siguiente:

"Considerando: que a tenor de lo dispuesto en el artículo 487 y concordantes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal cuando a quien se impute un acto punible y sea citado a declarar no compareciera ni justificara causa legítima que se lo impida, la orden de comparecencia podrá convertirse en orden de detención, por lo que resulta procedente declarar la detención de José María Ruiz-Mateos, mandándose para llevarla a efecto las comunicaciones oportunas inmediatas al ilustrísimo señor director general de Policía, su búsqueda, captura y puesta a disposición de este juzgado tan pronto como sea habido".

"Vistas, las disposiciones citadas y demás de general aplicación, su señoría, ante mí, el secretario, dijo: Se ordena la detención de José María Ruiz-Mateos, librándose a tal fin la oportuna comunicación al ilustrísimo señor director general de la Policía para que se proceda a su búsqueda y captura, y habido, le ponga a disposición de este juzgado. Notifíquese esta resolución al ministerio fiscal".

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