El control antidoping del fútbol será materia reservada
El control antidoping del fútbol será materia reservada, según se indica en las consideraciones finales de la circular número 31, fechada el 15 de este mes, que han recibido todos los clubes de Primera División. En la misma circular se establece que "el ensayo, por el momento, no tendrá efecto punitivo, por cuanto sólo se efectuará a título informativo".El control se hará en 4 o 5 partidos, sin especificar si es en cada jornada o a lo largo de todo lo que resta de temporada, entre los de Liga, Copa del Rey, Copa de la Liga, y se reserva la Federación el derecho de hacerlo en alguno de características especiales.
Se establece que "ningún jugador podrá negarse a que se le haga el control". Los gastos que se produzcan con este ensayo, estimados en unas 175.000 pesetas por partido, serán satisfechos por todos los clubes de Primera División. Los presidentes de Primera División, en su última reunión, por delegación de la Junta de Gobierno de la Federación Española, acordaron por unanimidad iniciar de inmediato este ensayo, que se extenderá hasta 1984 y que sólo afectará a jugadores de esa categoría.
El reglamento que regulará el control antidoping ha sido sometido, para su aprobación, a la Comisión Médica y Comité Ejecutivo de la FIFA.
Los principios que contiene corresponden a las decisiones tomadas por la Conferencia Médica Legal Internacional, organizada en Estrasburgo en septiembre de 1965 por el Consejo de Europa, y por las decisiones del Comité Olímpico Internacional.
El reglamento del control antidoping, que figura como anexo a la circular federativa que recibieron los clubes de Primera División, dictamina que el control se realizará a dos jugadores por equipo por cada partido, elegidos por sorteo 15 minutos antes de finalizar el encuentro.
Los controles antidoping serán efectuados exclusivamente por la Federación Española, según se indica en su reglamento. El organismo federativo será quien lleve toda la responsabilidad jurídica de las medidas que sean tomadas, según los resultados de los análisis. El empleo de las sustancias prohibidas antes o durante la competición será objeto de sanción. Pero no se especifica ni concreta en ningún capítulo del reglamentó clase alguna de sanción.
La lista de los medicamentos prohibidos, según se hace constar, no incluye todas las sustancias dopantes. Se aportan aquellas que son peligrosas y nocivas para el organismo humano, comprendidas en cuatro apartados: Estimulantes sicomotores: anfetamina, benzfetamina, cocaína, dietilpropión, dimetilanfetamina, etillarifetamina, fencafamín, fendimetracina, metilanfetamina, metilfenidato, norspseudoefedrina, prolintano y sustancias similares. Aminas simpaticomiméticas: efedrina, metillefedrina, metoxifenamina, metzleflecrina y sustancias similares. Estimulantes del sistema nervioso central: amifenazola, bemegrida, estricnina, leptazol, nicetamina, pemolina y sustancias similares. Analgésicos narcóticos: dextromoramida, didipanona, heroína, metadón, morfina, petidina y sustancias similares. La Federación se reserva expresamente el derecho de extender los controles a los esteroides metandienón, nandrolón, oxymetolón y stanozolol.
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