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Los escindidos del PSUC no podrán utilizar estas siglas

El magistrado del Juzgado de Primera Instancia número 4 de Barcelona ha dictado sentencia estimando la demanda del Partit Socialista Unificat de Catalunya (PSUC) contra Pere Ardiaca y otros once antiguos dirigentes del partido, expulsados en diciembre de 1981 y hoy pertenecientes al Partit dels Comunistes de Catalunya (PCC), negándoles el derecho a utilizar las siglas PSUC y los distintivos de este partido.La resolución considera que los demandados vulneraron el derecho de asociación, protegido por la Constitución, al ser promotores de un partido y realizar actividades propias de una asociación de esta clase, sin estar inscrito en el registro y utilizando las siglas, distintivos e incluso el "patrimonio inmaterial" del PSUC.

El juez desestima, además, la petición de que se declarara nula su expulsión y considera que ellos mismos se apartaron del PSUC, realizando una actividad contraria a sus principios.

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