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La policía podrá decretar la incomunicación de cualquier detenido

El proyecto de nueva ley de Enjuiciamiento Criminal, recientemente aprobado por el Gobierno y que será remitido a las Cortes para su discusión, incorpora a la legislación general procesal algunos aspectos hasta ahora solamente introducidos en las leyes especiales contra la actuación de las bandas armadas o elementos terroristas, y, por tanto, de aplicación exclusiva en el marco legal de la lucha antiterrorista. Este es el caso, por ejemplo, de la facultad de la autoridad gubernativa de decretar la incomunicación del detenido presunto terrorista, y que el proyecto de nueva ley de Enjuiciamiento Criminal ex tiende a cualquier clase de detenido, sea cual sea el presunto delito que motivó la detención, al admitir taxativamente en su artículo 282 que "podrá también acordar la in comunicación del detenido la autoridad que practique la detención".

Hasta ahora, y con la sola excepción de la legislación especial antiterrorista, la incomunicación del detenido era facultad exclusiva del juez.

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