Función de la Junta de Jefes de Estado Mayor
Las competencias de la JUJEM, tal como las menciona la citada disposición legal, son: a) Prestar asesoramiento técnico en la elaboración de la política militar que ha de formular la Junta de Defensa Nacional.
b) Formular y proponer, para su aprobación por el Gobierno, el plan estratégico conjunto (PEC), determinando, dentro de él, el objetivo de fuerza conjunto.
c) Ejercer la conducción estratégica de dicho plan y coordinar los planes de los Ejércitos derivados del mismo.
d) Establecer la doctrina de acción unificada.
e) Coordinar la regulación de la doctrina militar de los tres Ejércitos, así como los reglamentos táctico, logístico y técnico preciso para la mayor operatividad de las Fuerzas Armadas.
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