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José María Gil Albert: "El Ejecutivo no mediatiza al fiscal"

ENVIADA ESPECIALLa independencia del ministerio fiscal con respecto a los poderes ejecutivo y judicial fue el punto más polémico tras la conferencia que pronunció ayer el fiscal-general del Estado, José María Gil Albert, en el curso que, sobre La justicia en la década de los ochenta, se celebra en la Universidad Internacional Menéndez y Pelayo, de Santander. En los debates hubo dos posturas diferenciadas sobre el alcance de la independencia de los fiscales, que para algunos está limitada por el poder ejecutivo, y, en opinión de otros, tal limitación no existe, ya que la independencia debe entenderse desde el punto de vista de libertad de acción, incluso para iniciar acciones contra estamentos tradicionalmente intocables.

El hecho de que en el proyecto de Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal se deje en manos del ministro de Justicia, la posibilidad de recusar ocasión o intervenciones sobre la supremacía del Ejecutivo, Cándido Conde-Pumpido dijo después que «los fiscales estamos más insertos en el poder judicial de lo que parece».Otro Fiscal, Juan José Martínez-Zato, intervino para decir que la independencia del fiscal es para algunos sinónimo de poder independiente, «y no lo espero. Eso llevaría a la creación de un Estado dentro del Estado. La independencia del fiscal está en el principio de legalidad que consagra la Constitución, y el fiscal no tiene poder decisorio. Todo depende de cómo se interpreten las normas y de quién las interprete. También hay ahora garantías para el ejercicio de la función de los fiscales, y en el pasado no era así, porque cuando un fiscal era molesto se le trasladaba forzosamente, y no hubo ninguna reacción de los fiscales, porque se estaba en una dictadura y no se podía decir nada. Hoy, en las juntas de fiscales ya no sucede que se quite la palabra a uno de ellos por hablar de derechos humanos, o se le releve por pedir el procesamiento de un policía».

José María Gil Albert puso de relieve que antes de la Constitución «se resaltaba la inferioridad del ministerio fiscal con respecto al poder Ejecutivo, mientras que ahora se ha eliminado la subordinación y el ejecutivo no mediatiza al fiscal. Otra cosa es que deba existir una relación entre ambos, porque al fiscal corresponde la defensa del interés público, y el Gobierno, en esto, debe establecer unas prioridades».

Aunque José María Gil Albert se mostró satisfecho del proyecto de Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, también reconoció que «en su redacción actual no es precisamente pluscuamperfecto». «Se cumplen suficientemente los presupuestos que la Constitución recoge para el ministerio fiscal», explicó, «pero, pensando en lo que se espera del fiscal en la España de hoy y en la relevancia y responsabilidades». El fiscal general explicó que «cuando los problemas técnicos tienen ingredientes políticos, o llegas a soluciones eclécticas o no puede salirse adelante», en respuesta a una intervención que incidía contra de un miembro del Ejecutivo, que sea un miembro del Ejecutivo el que tenga la última palabra en la recusación del fiscal general.

A lo largo de los debates sobre la reforma de la justicia que se están desarrollando en la Universidad de Santander, han podido observarse diversas suspicacias entre jueces y fiscales. José María Gil Albert opinó que «no debe existir divergencia alguna, porque está perfectamente definido el importante papel y la grave responsabilidad que corresponde a la justicia y el importante cometido. que corresponde al fiscal. Estámos insertados en el poder judicial, aunque tengamos autonomía funcional y no haya motivo para disentir en la responsabilidad que nos compete a cada uno. El soporte legal de cada uno tiene la relevancia debida y está perfectamente delimitado, y en la práctica no se van a producir fricciones ni extralimitaciones».

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