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El Supremo admite la "coautoría por omisión" en los delitos terroristas

La existencia de las figuras delictivas de coautoría por omisión y de complicidadpor omisión en la preparación de actos terroristas, coimo paso delictivo anterior y autónomo a aquellas otras acciones que entran ya en el ámbito de la cooperación necesaria («autor por cooperación») o no necesaria («autor por complicidad»), ha sido admitida por la Sala Segunda del Tribunal Supremo en una sentencia que condena a Jaime Martínez Vendrell, dirigente del Front National de Catalunya, a doce años y un día de reclusión menor como cómplice por omisión de un delito de asesinato cometido en la persona del industrial catalán José María Bultó.En una primera sentencia sobre este caso, la Audiencia Nacional condenó a Martínez Vendrell a tres meses de arresto mayor por un delito de colaboración con bandas o grupos armados, pero le absolvió de cualquier otra participación que implicase algún tipo de autoría en el asesinato del industrial catalán, en mayo de 1977. La Audiencia Nacional declaró probado que Martíneez Vendrell impartió. cursos a jóvenes del Front sobre balística y armamento, y que tuvo conocimiento de que se preparaba un atentado contra el industrial catalán Bultó, si bien se mostró conitrario al mismo e instó a los autores a no emprender nada sin consultar al órgano máximo, que residía en Francia.

Estos hechos, declarados probados, han llevado a la Sala Segunda del Tribunal Supremo, a diferencia de la Audiencia Nacional, que estimó que no pasaban de una simple colaboración, a considerar que los mismos configuran las figuras delictivas de complicidad por omisión o de coautoría por omisión, ya que, al remitir el procesado la ratificación del atentado al jefe común, «venía a aceptar todas las consecuencias para el caso de que tal ratificación y el hecho se produjeran, sin que, por otra parte, hiciera nada por impedir en lo posible tan trágico desenlace final».

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