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El presidente de Garantías Recíprocas de Cataluña no ha desviado avales hacia sus empresas

El presidente de la Sociedad de Garantías Recíprocas de Cataluña (SGRC) no ha desviado un alto porcentaje de la capacidad de aval de la sociedad que preside hacia empresas vinculadas a sus intereses personales, según manifestó a este diario el director general de SGRC, Emilio Cabrera. Las manifestaciones del citado director general responden a una información de EL PAIS del 11-4-1981 en la que se daba cuenta de tal posibilidad y de la apertura de una investigación sobre presuntas irregularidades en la SGRC por parte del Ministerio de Economía y Comercio.

Según Cabrera, es imposible que el presidente de una sociedad de garantías recíprocas desvíe avales hacia sus empresas, por cuanto cada socio de estas sociedades tiene derecho a disfrutar de avales por un monto de hasta el 25% más del importe de su participación en la SGR. Además, siempre según Cabrera, el presidente de la SGRC no tiene firma en la sociedad y los avales son concedidos por el conjunto del consejo de administración de la sociedad de garantías. Estos avales han sido concedidos, por otra parte, por unanimidad y sin participación en las votaciones de aquellos consejeros o miembros del consejo que son a un tiempo posibles beneficiarios del aval ,sobre el que vaya a decidir el órgano colegiado.Emilio Cabrera añadió, aun reconociendo que la investigación sobre la SGRC había sido abierta por el Ministerio de Economía y Comercio a instancias de parte, que tres miembros del consejo -aunque están en el mismo a titulo personal- son representantes de la Administración. El director general indicó que ha requerido de Economía y Comercio el resultado de la investigación y que está a la espera del mismo, y que en una censura de cuentas anterior a dicha investigación no se había encontrado ninguna irregularidad en la SGRC. El director general de la SGRC ha atribuido la petición de investigación a Economía y Comercio, a las disensiones internas entre algunos miembros de la citada sociedad sobre la gestión de la misma.

Disensiones internas y dictamen jurídico

En relación con estas disensiones internas, EL PAIS ha tenido acceso a un dictamen del catedrático de Derecho Penal Juan Córdoba Roda sobre la SGRC, a petición del presidente de ésta, Eduardo Bueno Ferrer. Los antecedentes del dictamen lo constituyen, según consta en el preámbulo del mismo, «el escrito dirigido por vía notarial por Fulgencio Alcaraz Puchades al presidente y consejeros de la Sociedad de Garantías Recíprocas de Cataluña el 9 de marzo de 1981. En relación a dicha carta se han tomado además en consideración las actas del consejo de administración números 35, 36, 37 y 38, así como los estatutos y reglamento interno de la SGRC».El dictamen, tras expresar el extremo que se consulta (existencia de expresiones que puedan ser constitutivas de un delito contra el honor), recoge entre los hechos que el escrito a consulta contiene las siguientes expresiones: «El hecho de que en el último consejo (acta número 38) se solicite aval por veinticinco millones de pesetas para empresas del grupo del presidente, cuando ya se reconoció que las empresas de dicho grupo hablan dispuesto de 346.941.380 pesetas de avales (acta número 35) y se había solicitado y acordado limitar los avales a grupos de empresas a un máximo de cincuenta millones de pesetas (actas números 36 y 37) demuestran que el presidente sigue considerando a la SGR como instrumento de su propiedad y que el director general sigue en la línea de instrumentar y gestionar cuanto el primero solicite, atentos ambos a considerar los acuerdos internos o la normativa legal en aquellas de sus interpretaciones que más favorece los intereses propios».

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