_
_
_
_

Normas para los censos de población y vivienda

Los censos de población y de vivienda deberán ser realizados por el Instituto Nacional de Estadística todos los años terminados en uno, con referencia a una fecha comprendida entre el día 1 de marzo y el 1 de mayo, según se publicaba ayer en el Boletín Oficial del Estado (BOE).Los censos de edilicios y locales serán realizados los años cuya última cifra termine en cero y todos los ayuntamientos deberán formar los padrones municipales de sus habitantes cada cinco años. La fecha de su formación tendrá que coincidir con la de los censos de población y vivienda.

Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.
SIGUE LEYENDO

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo

¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?

Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.

¿Por qué estás viendo esto?

Flecha

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.

Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.

En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.

Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_