Eleuterio Sánchez
Preso en régimen abierto en la cárcel de Alcalá de Henares, se mostró ayer perplejo cuando le fue leída telefónicamente una información de la agencia Efe, según la cual la Sala Segunda del Tribunal Supremo ha aumentado tanto sus penas como las de sus hermanos Manuel (Lolo) y Raimundo (Toto). El señor Sánchez, al que se le conoció durante los años de su vida delictiva como El Lute, no había recibido ayer notificación oficial alguna de la mencionada decisión del Tribunal Supremo. En la nueva sentencia a él le corresponden 1.022 años de prisión.El recurso que ha estimado, en parte, la Sala Segunda del citado tribunal es el que presentó el ministerio fiscal contra la sentencia en la que la Audiencia Nacional condenó a Eleuterio Sánchez a 813 años y diez meses de cárcel; a Manuel, a 138 años y cinco meses; y a Raimundo, a una pena máxima de 106 años y ocho meses.
Las condenas han sido aumentadas por el Supremo de la siguiente manera: Eleuterio Sánchez ha sido condenado a 1.022 años de prisión; Manuel, a 403 años; y Raimundo, a 334 años.
La pena máxima a cumplir realmente, de acuerdo con el Código Penal, es de treinta años. En la anterior sentencia les correspondía cumplir a los hermanos de Eleuterio una pena máxima de veintiún años. Ahora habrán de cumplir los treinta, igual que Eleuterio, que ya tenía impuesta esta condena total y efectiva.
Los delitos por los que Eleuterio Sánchez y sus hermanos fue ron condenados a tan altas penas fueron cometidos entre el 31 de diciembre de 1970, cuando El Lute se escapó de la prisión de El Puerto de Santa María, hasta julio de 1973, cuando ya se había unido a Manuel y Raimundo y juntos hablan realizado cerca de un centenar de robos. En esta última fecha, Eleuterio Sánchez que publicó en un libro la historia de su aventura, fue detenido.
Según la noticia de Efe, en un de los considerandos de la nueva sentencia, la Sala Segunda del Tribunal Supremo razona que las penas no pueden ser rebajadas por el hecho de que esté rehabilitado el delincuente, aplicándole el arrepentimiento espontáneo. También dice la sentencia que el enjuiciamiento ha de hacerse con arreglo a la ley, pero, si se estima lograda la rehabilitación del delincuente, pueden arbitrarse otras medidas, por lo que la Dirección General de Instituciones Penitenciarias podrá acorta penas.
La sentencia que ahora resulta reformada fue pronunciada ha dos años por la Audiencia Nacional. En aquel documento, recordaba ayer Eleuterio Sánchez, «la Audiencia Nacional hacía un recomendación en el sentido de dejar la condena en seis años de caución, previa presentación, por mi parte, de un fiador».
Eleuterio Sánchez, que actualmente estudia Derecho, escribe en la prensa y se considera otro hombre, considera que «esta sentencia está muy bien para El Lute que está periclitado, pero no para Eleuterio Sánchez».
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