Más de diez clases de impuestos gravan las economías de los clubs deportivos
«Los impuestos que actualmente pagan los clubs de fútbol suponen entre un 10% y un 15% del total de sus presupuestos anuales. Esto quiere decir que clubs como el Madrid o el Barcelona, cuyos presupuestos anuales se pueden acercar a los mil millones de pesetas, tendrán que pagar de impuestos entre ciento y 150 millones de pesetas. Por todo ello no es extraño que los clubs de fútbol se quejen en este sentido. Hay que tener en cuenta que los clubs no son entidades empresariales con fines lucrativos. Vamos a solicitar a los organismos competentes que se "dulcifiquen" los impuestos del fútbol», manifestó Gregorio Paunero, inspector de Hacienda, vicepresidente adjunto a la presidencia de la Federación Española para asuntos económicos y vicepresidente del Real Madrid.
Los impuestos que afectan a los clubs de fútbol y que enumera Gregorio Paunero son los siguientes: contribución territorial, impuesto de radicación, impuesto de la tasa de equivalencia, tráfico de empresas, arbitrios municipales sobre contribución territorial, impuesto sobre transmisiones patrimoniales, impuesto de menores, licencia fiscal del impuesto industrial e impuesto sobre el lujo.El impuesto de contribución territorial recae sobre los edificios, campos y oficinas del club, si son propios. Afecta, por tanto, a los inmuebles e instalaciones deportivas de los clubs. El club, por este impuesto, paga el 15% de la base imponible. La base imponible es la posible capitalización de los terrenos establecida según la técnica catastral. La base imponible se elabora según el valor estimativo de la venta de los muebles e instalaciones, al que se le aplica el 4% y se deduce el coeficiente correspondiente. Supongamos, como ejemplo, que el Bernabéu vale cien millones de pesetas. La renta se realiza al aplicar a esa cifra el 4%, con lo que resultan cuatro millones de pesetas. A esta cifra se le aplica un coeficiente de gastos; por ejemplo, de un 30%. El resultado entonces es de 2.800.000 pesetas. Esta sería la base imponible, a la que se aplica el 15 %, y su resultado será el impuesto que el Bernabéu pagaría como impuesto de contribución territorial, es decir, 420.000 pesetas.
El impuesto de radicación corresponde a los respectivos municipios a los que pertenecen los clubs. Se establece al tener en cuenta la ubicación de los inmuebles e instalaciones deportivas. Los propios ayuntamientos establecen los coeficientes que se aplican en cada caso y varía según unos y otros municipios. En Madrid y Barcelona este impuesto se acerca al medio millón de pesetas.
La tasa de equivalencia es el impuesto que, como persona jurídica, vienen a pagar los clubs en sustitución del impuesto de plusvalía. Afecta también a todos los solares pertenecientes a los clubs. Periódicamente, cada diez años, se hacen valoraciones técnicas de los terrenos. La diferencia de valor entre la última valoración y la presente es sobre la que se establece este impuesto. Esta diferencia viene a ser de un 25% entre una y otra valoración. Este impuesto también supera el medio millón de pesetas en ciudades como Madrid y Barcelona.
«Es uno de los impuestos más absurdos», comentó Gregorio Paunero. «Solamente podrán tener base imponible cuando se lleguen a enajenar. Pero resulta que los terrenos de los clubs son considerados como zonas deportivas, por lo que no se pueden vender con fines lucrativos.» Se ha llegado -a insinuar la posibilidad de solicitar la supresión de este impuesto.
Los arbitrios municipales sobre contribución territorial son tasas de alcantarillado, vallas, solares sin edificar. Varían según las reformas. Los ayuntamientos respectivos tienen establecidos sus coeficientes. A los clubs se les aplica la misma tasa que a los vecinos donde se han realizado los coeficientes. El club, en este caso, es un vecino más. En Madrid, por ejemplo, estos impuestos llegan a superar el millón de pesetas.
El impuesto general sobre el tráfico de empresas se establece sobre el 2,70% de los ingresos obtenidos por la venta de las localidades de los partidos. Si un club, por ejemplo, obtiene durante un año una recaudación de cien millones de pesetas por ese concepto, le corresponde un impuesto de 2.700.000 pesetas.
El impuesto sobre transmisiones patrimoniales se establece al comprar terrenos o edificios y resulta por el mero hecho de pagar su importe. Este impuesto viene a suponer el 8% del importe. Claro está que para que este impuesto afecte a un club, éste debe realizar la compra de terrenos.
La tributación que los clubs deben realizar por la licencia fiscal del impuesto industrial se impone en consideración a la capacidad del campo de cada club y a las distintas clases de partidos. Los clubs de Primera División suelen pagar desde 70.000 pesetas a 50.000 por partido de Liga y de Copa de Europa.
Uno de los impuestos que los clubs pretenden que no les afecte, y que, por tanto, solicitarán su supresión, es el que se denomina de menores y que supone el 5% de los ingresos obtenidos a cada partido por la venta de sus localidades. Se trata de un impuesto correspondiente al Ministerio de Justicia, creado por la base novena de la ley de 29 de diciembre de 19 10 y regulado por el decreto de 24 de julio de 1953. Los clubs consideran que las circunstancias que motivaron este impuesto han variado sustancialmente en estos momentos.
El impuesto sobre el lujo incide también sobre los clubs al considerarse objeto de gravamen las cuotas de entrada o admisión a cualquier clase de casinos, sociedades y círculos deportivos o de recreo, cuando excedan de quinientas pesetas cada una, al tipo del 20% sobre el importe de las cuotas recaudadas.
«Todos estos impuestos, por otra parte», comenta Gregorio Paunero, «afectan a todos los clubs deportivos, de la especialidad que sean. La economía de los clubs, por otra parte, es sumamente pesimista. En Primera División quizá solamente el Barcelona obtenga superávit en esta temporada. Los clubs están muy preocupados. Hemos mantenido reuniones con ellos y decidimos iniciar contactos con las autoridades del Gobierno para que se dulcifiquen los impuestos del fútbol, al tener en cuenta que los clubs no son entidades con fines lucrativos..»
Gregorio Paunero consideró necesario la búsqueda de un régimen especial para los impuestos de los clubs de fútbol, en lugar del régimen general por el que se establece actualmente. «Como inspector de Hacienda», concluyó Gregorio Paunero, «no puedo considerar lógicos o no los impuestos que actualmente pagan los clubs de fútbol, pero sí veo comprensible la reducción de los mismos. Cabe la posibilidad de asignar un carácter simbólico a ,los impuestos del fútbol, porque veo muy difícil que se llegue a su supresión.»
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.